Reglamento de Ejecución (UE) nº 1213/2012 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2012, por el que se suspenden las preferencias arancelarias de determinados países beneficiarios del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) correspondientes a determinadas secciones de dicho Sistema de conformidad con el Reglamento (UE) nº 978/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aplica un sistema de preferencias arancelarias generalizadas.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2012-82570
Número oficial:
DOUE-L-2012-82570
Publicación:
18/12/2012
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 978/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por el que se aplica un sistema de preferencias arancelarias generalizadas y se deroga el Reglamento (CE) n o 732/2008 del Consejo ( 1 ), y, en particular, su artículo 8, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el Reglamento (UE) n o 978/2012, procede suspender las preferencias arancelarias del régimen general del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) correspondientes a los productos de alguna de las secciones del SPG originarios de un país beneficiario del SPG cuando el valor medio de las importaciones a la Unión de dichos productos procedentes de dicho país sea superior durante tres años consecutivos a los límites máximos fijados en el anexo VI de dicho Reglamento.

(2) Antes de aplicar las preferencias arancelarias del régimen general, la Comisión ha de elaborar una lista de las secciones del SPG en las que se suspendan las preferencias arancelarias correspondientes a los países beneficiarios del SPG. Dicha lista ha de basarse en los datos disponibles a 1 de septiembre de 2012 y en los datos de los dos años anteriores.

(3) Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Preferencias Generalizadas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento figura la lista de los productos de las secciones del SPG en las que se suspenden las preferencias arancelarias, contempladas en el artículo 7 del Reglamento (UE) n o 978/2012, correspondientes a los países beneficiarios del SPG.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2016.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de diciembre de 2012.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

__________________________

( 1 ) DO L 303 de 31.10.2012, p. 1.

ANEXO

Lista de las secciones del SPG cuyas preferencias arancelarias, contempladas en el artículo 7 del Reglamento (UE) n o 978/2012, se suspenden con respecto al país beneficiario del SPG de que se trate

Columna A: nombre del país

Columna B: sección del SPG [artículo 2, letra j), del Reglamento sobre el SPG]

Columna C: descripción

A

B

C

China

S-1a

Animales vivos y productos de origen animal excluidos los peces

S-1b

Peces, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos

S-2b

Frutas, hortalizas y frutos de cáscara

S-2c

Café, té, yerba mate y especias

S-2d

Cereales, harina, semillas y resinas

S-4b

Preparados alimenticios (excepto carne y pescado), bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

S-6a

Sustancias químicas orgánicas e inorgánicas

S-6b

Sustancias químicas distintas de las orgánicas e inorgánicas

S-7a

Plásticos

S-7b

Caucho

S-8a

Pieles sin curtir y cueros

S-8b

Manufacturas de cuero y peletería

S-9a

Madera y carbón vegetal

S-9b

Corcho, manufacturas de espartería o de cestería

S-11a

Productos textiles

S-11b

Prendas y complementos (accesorios) de vestir

S-12a

Calzado

S-12b

Sombreros y demás tocados, paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, látigos y plumas y plumón preparados

S-13

Manufacturas de piedra, productos cerámicos y vidrio

S-14

Perlas y metales preciosos

S-15a

Ferroaleaciones y manufacturas de fundición, de hierro o acero

S-15b

Metales comunes (excepto hierro y acero), artículos de metales comunes (excepto manufacturas de fundición, de hierro o acero)

S-16

Maquinaria y equipo

S-17a

Vehículos y material para vías férreas o similares

S-17b

Vehículos automóviles, velocípedos, aeronaves y vehículos espaciales, barcos y demás artefactos flotantes

S-18

Instrumentos y aparatos de óptica, aparatos de relojería, instrumentos musicales

A

B

C

S-20

Otros

Costa Rica

S-2b

Frutas, hortalizas y frutos de cáscara

Ecuador

S-2a

Plantas vivas y productos de la floricultura

S-4a

Preparados de carne y pescado

India

S-5

Productos minerales

S-6a

Sustancias químicas orgánicas e inorgánicas

S-6b

Sustancias químicas distintas de las sustancias químicas orgánicas e inorgánicas

S-8a

Pieles sin curtir y cueros

S-11a

Productos textiles

S-17b

Vehículos automóviles, velocípedos, aeronaves y vehículos espaciales, barcos y demás artefactos flotantes

Indonesia

S-1a

Animales vivos y productos de origen animal excluidos los peces

S-3

Aceites animales o vegetales, grasas y ceras

S-6b

Sustancias químicas distintas de las sustancias químicas orgánicas e inorgánicas

Nigeria

S-8a

Pieles sin curtir y cueros

Ucrania

S-17a

Vehículos y material para vías férreas o similares

Tailandia

S-4a

Preparados de carne y pescado

S-4b

Preparados alimenticios (excepto carne y pescado), bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre

S-14

Perlas y metales preciosos

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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