Reglamento de Ejecución (UE) nº 1016/2013 de la Comisión, de 23 de octubre de 2013, relativo a la autorización de un preparado de una cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae como aditivo en piensos para cerdos.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2013-82092
Número oficial:
DOUE-L-2013-82092
Publicación:
24/10/2013
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal ( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 regula la autorización de aditivos en la alimentación animal y establece los motivos y procedimientos para conceder dicha autorización.

(2) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización de un preparado de una cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae. Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n o 1831/2003.

(3) La solicitud mencionada hace referencia a la autorización de un preparado de una cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae como aditivo en los piensos para cerdos, que debe ser clasificado en la categoría de «aditivos tecnológicos».

(4) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»), en su dictamen de 16 de abril de 2013 ( 2 ), llegó a la conclusión de que, en las condiciones de utilización propuestas, el preparado de una cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae es seguro para las especies destinatarias, para la salud humana y para el medio ambiente. Reconoció asimismo que tiene capacidad para biotransformar los tricotecenos de piensos contaminados para cerdos. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para alimentación animal en los piensos que presentó el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) n o 1831/2003.

(5) La evaluación del preparado de una cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae muestra que se cumplen los requisitos de autorización establecidos en el artículo 5 del Reglamento (CE) n o 1831/2003. Por consiguiente, procede autorizar el uso de dicho preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría de «aditivos tecnológicos» y al grupo funcional de «sustancias para la reducción de la contaminación de los piensos por micotoxinas», en las condiciones fijadas en dicho anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

_____________

( 1 ) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

( 2 ) EFSA Journal 2013; 11(5):3203.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de octubre de 2013.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO

ANEXO

Número de identificación del aditivo

Nombre del titular de la autorización

Aditivo

Composición, fórmula química, descripción y método analítico

Especie animal o categoría de animales

Edad máxima

Contenido mínimo

Contenido máximo

Otras disposiciones

Final del período de autorización

UFC/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %

Categoría de aditivos tecnológicos. Grupo funcional: sustancias para la reducción de la contaminación de los piensos por micotoxinas: Deoxinivalenol (DON)

1m01

Cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae

Composición del aditivo Preparado de una cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae que contiene un mínimo de 5 × 109 UFC/kg de aditivo. Forma sólida Caracterización de la sustancia activa Células viables de: Cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae Método analítico (1 ) Enumeración de la cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae: vertido en placa utilizando agar VM complementado con oxirasa. Identificación de la cepa del microorganismo DSM 11798 de la familia Coriobacteriaceae: Electroforesis en gel de campo pulsado (PFGE).

Cerdos

1,7 × 108

1. En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense la temperatura de almacenamiento, el período de conservación y la estabilidad ante la granulación. 2. El uso del aditivo está permitido en piensos que cumplan la legislación de la Unión Europea sobre sustancias indeseables en alimentos para animales. 3. Por motivos de seguridad, se recomienda utilizar protección respiratoria y guantes durante su manipulación.

13 de noviembre de 2023

____________________

(1 ) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: http://irmm.jrc.ec.europa.eu/EURLs/EURL_feed_additives/Pages/index.aspx

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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