REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2270 DE LA COMISIÓN
de 15 de octubre de 2026
que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2351 por el que se impone una medida definitiva de salvaguardia respecto a las importaciones de determinados elementos en ferroaleaciones
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2015/478 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, sobre el régimen común aplicable a las importaciones (1), y en particular su artículo 16,
Visto el Reglamento (UE) 2015/755 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, sobre el régimen común aplicable a las importaciones de determinados terceros países (2), y en particular su artículo 13,
Considerando lo siguiente:
(1) | Mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2351 (3), la Comisión impuso una medida definitiva de salvaguardia respecto a las importaciones de determinados elementos en ferroaleaciones. |
(2) | La Comisión consideró que un contingente arancelario específico por tipo de producto, consistente en un volumen contingentario combinado con un derecho variable fuera del contingente, es la forma más eficaz de medida para encontrar un equilibrio entre diversos intereses. |
(3) | La Comisión fijó los niveles del volumen contingentario en un 25 % por debajo del nivel medio de las importaciones de 2022, 2023 y 2024. |
(4) | Tras la imposición de la medida de salvaguardia definitiva, un representante legal de una empresa malasia se puso en contacto con la Comisión alegando que el volumen contingentario calculado para Malasia, establecido en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2351, era incorrecto, ya que las estadísticas de 2022 de las importaciones procedentes de Malasia en la Unión estaban incompletas. |
(5) | La Comisión ha investigado la alegación y ha podido confirmar que determinadas importaciones de ferromanganeso procedentes de Malasia en 2022 fueron declaradas confidenciales en las estadísticas de Eurostat públicamente disponibles. Así pues, faltaban casi 40 700 toneladas de importaciones al calcular el contingente arancelario para Malasia. El valor correcto para calcular el contingente arancelario de Malasia de 2022 debería haber sido de 41 279,3 toneladas, en lugar de 581. |
(6) | Por lo tanto, debe corregirse el volumen de importaciones de 2022 para el cálculo, y debe recalcularse e incrementarse el volumen contingentario para Malasia. |
(7) | Las correcciones deben surtir efecto a partir de la fecha de entrada en vigor del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2351. |
(8) | Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre Salvaguardias establecido con arreglo al artículo 3, apartado 3, del Reglamento (UE) 2015/478 y al artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2015/755, respectivamente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El cuadro del anexo del presente Reglamento sustituye a una parte del cuadro relativo al volumen de los contingentes arancelarios de Malasia que figura en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2351.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 18 de noviembre de 2025.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 15 de octubre de 2026.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 83 de 27.3.2015, p. 16, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/478/oj.
(2) DO L 123 de 19.5.2015, p. 33, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2015/755/oj.
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2351 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2025, por el que se impone una medida definitiva de salvaguardia respecto a las importaciones de determinados elementos en ferroaleaciones (DO L, 2025/2351, 18.11.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/2351/oj).
ANEXO
«Tipo de producto | Códigos SA y NC | Asignación por país (si procede) | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Tipo de derecho adicional | Números de orden | |||||||||
Del 18.11.2025 al 17.2.2026 | Del 18.2.2026 al 17.5.2026 | Del 18.5.2026 al 17.8.2026 | Del 18.8.2026 al 17.11.2026 | Del 18.11.2026 al 17.2.2027 | Del 18.2.2027 al 17.5.2027 | Del 18.5.2027 al 17.8.2027 | Del 18.8.2027 al 17.11.2027 | Del 18.11.2027 al 17.2.2028 | Del 18.2.2028 al 17.5.2028 | Del 18.5.2028 al 17.8.2028 | Del 18.8.2028 al 17.11.2028 | |||||
Volumen del contingente arancelario (toneladas netas) | Volumen del contingente arancelario (toneladas netas) | Volumen del contingente arancelario (toneladas netas) | ||||||||||||||
Ferromanganeso | 7202 11 , 7202 19 | Malasia | 9 330,47 | 9 026,21 | 9 330,47 | 9 330,47 | 9 339,80 | 9 035,24 | 9 339,80 | 9 339,80 | 9 323,59 | 9 120,91 | 9 323,59 | 9 323,59 | véase el anexo II | 09.8819». |