Reglamento de Ejecución (UE) 2026/2168 de la Comisión, de 22 de septiembre de 2026, relativo a la inscripción de la indicación geográfica Vlaams roodbruin bier/Flanders Red Ale (IGP) en el registro de indicaciones geográficas de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2026-81498
Número oficial:
DOUE-L-2026-81498
Publicación:
01/10/2026
Departamento:
Unión Europea

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2026/2168 DE LA COMISIÓN

de 22 de septiembre de 2026

relativo a la inscripción de la indicación geográfica «Vlaams roodbruin bier/Flanders Red Ale» (IGP) en el registro de indicaciones geográficas de la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas, así como especialidades tradicionales garantizadas y términos de calidad facultativos para productos agrícolas, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1308/2013, (UE) 2019/787 y (UE) 2019/1753, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 (1), y en particular su artículo 21, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) 2024/1143, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (2) la solicitud de Bélgica de inscripción en el registro de la indicación geográfica «Vlaams roodbruin bier/Flanders Red Ale».

(2)

La Comisión no ha recibido ninguna declaración de oposición con arreglo al artículo 17 del Reglamento (UE) 2024/1143.

(3)

Procede, por tanto, inscribir la indicación geográfica «Vlaams roodbruin bier/Flanders Red Ale» en el registro de indicaciones geográficas de la Unión.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda inscrita en el registro de indicaciones geográficas de la Unión contemplado en el artículo 22 del Reglamento (UE) 2024/1143 la indicación geográfica «Vlaams roodbruin bier/Flanders Red Ale» (IGP).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 2026.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Christophe HANSEN

Miembro de la Comisión

(1)   DO L, 2024/1143, 23.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1143/oj.

(2)   DO C, C/2026/2612, 7.5.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/2612/oj.

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