Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2559 del Consejo, de 15 de diciembre de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81947
Número oficial:
DOUE-L-2025-81947
Publicación:
16/12/2025
Departamento:
Unión Europea

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/2063 del Consejo, de 13 de noviembre de 2017, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela (1), y en particular su artículo 17, apartado 4,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 13 de noviembre de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/2063.

(2) Sobre la base de una revisión de la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063, deben actualizarse las entradas correspondientes a cuatro personas físicas que figuran en ellas.

(3) Por lo tanto, procede modificar el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

K. KALLAS

(1)   DO L 295 de 14.11.2017, p. 21. ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/2063/oj.

ANEXO

En el anexo IV del Reglamento (UE) 2017/2063, en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos, las entradas 2, 11, 31 y 37 se sustituyen por el texto siguiente:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

«2.

Gustavo Enrique GONZÁLEZ LÓPEZ

Fecha de nacimiento: 2.11.1960

Sexo: masculino

Presidente de Petróleos de Venezuela (PDVSA). Director general del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) entre abril de 2019 y octubre de 2024. Consejero de Seguridad e Inteligencia del presidente Maduro desde enero de 2019 y director general del SEBIN desde febrero de 2014 hasta octubre de 2018. Durante el tiempo en que fue director del SEBIN, hubo agentes bajo su mando que cometieron detenciones arbitrarias, torturas y actos de trato cruel e inhumano, incluida la violencia sexual, en el centro de detención El Helicoide. En su calidad de director general del SEBIN, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, entre ellas, detenciones arbitrarias, trato inhumano y degradante y torturas, y de la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática en Venezuela.

22.1.2018

11.

Iván HERNÁNDEZ DALA

Fecha de nacimiento: 18.5.1966

Sexo: masculino

Presidente de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv). General de división en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB). Director general de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) entre enero de 2014 y octubre de 2024, y jefe de la Guardia Presidencial entre septiembre de 2015 y octubre de 2024. En su calidad de jefe de la DGCIM, Iván Hernández Dala es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática y de graves violaciones de los derechos humanos perpetradas por miembros de la DGCIM bajo su mando, entre ellas la tortura, el uso excesivo de la fuerza y malos tratos a los detenidos.

25.6.2018

31.

Jorge Elieser MÁRQUEZ MONSALVE

Fecha de nacimiento: 20.2.1971

Lugar de nacimiento: Caracas, Venezuela

Número de documento de identidad: V-8714253

Sexo: masculino

Ministro de Energía Eléctrica y vicepresidente de Obras Públicas y Servicios desde el 23 de abril de 2024. Exministro del Despacho de la Presidencia y director general de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) desde el 7 de agosto de 2017. Sus acciones han menoscabado la democracia o el Estado de Derecho en Venezuela, también al limitar gravemente los derechos del pueblo venezolano a la libertad de prensa, a la libertad de expresión y a la información. Hizo uso de sus competencias especiales en CONATEL para acallar las críticas y a los disidentes del régimen bloqueando, filtrando y obstaculizando sitios web de internet, revocando licencias existentes para emisoras de radio y televisión, y no concediendo nuevas licencias.

29.6.2020

37.

Remigio CEBALLOS ICHASO

Fecha de nacimiento: 1.5.1963

Número de documento de identidad: V-6557495

Sexo: masculino

Embajador de Venezuela en China. Anteriormente ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz de Venezuela (de agosto de 2021 a agosto de 2024) y exvicepresidente del Gobierno de Seguridad Ciudadana. Excomandante del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (CEOFANB) de Venezuela, el máximo órgano de las Fuerzas Armadas venezolanas (junio de 2017 – julio de 2021). El CEOFANB controla la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y la Guardia Nacional Bolivariana. El CEOFANB también es responsable de coordinar las intervenciones de la FANB en las manifestaciones. En su calidad de comandante del CEOFANB, fue responsable de graves violaciones de los derechos humanos, entre ellas el uso excesivo de la fuerza y el trato inhumano y degradante por parte de agentes de la FANB y de las fuerzas subordinadas bajo su mando, incluida la Guardia Nacional Bolivariana. Numerosas fuentes, entre ellas la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, atribuyen violaciones de los derechos humanos a la FANB y a la Guardia Nacional Bolivariana.

22.2.2021».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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