Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2408 de la Comisión, de 1 de diciembre de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134, relativo a medidas para evitar la introducción, el establecimiento y la propagación en el territorio de la Unión de Spodoptera frugiperda (Smith), en lo que respecta al período de aplicación de determinadas disposiciones.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81834
Número oficial:
DOUE-L-2025-81834
Publicación:
02/12/2025
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 228/2013, (UE) n.o 652/2014 y (UE) n.o 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 28, apartado 1, letras a), b), d) e), f), h) e i), su artículo 41, apartado 2, y su artículo 72, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134 de la Comisión (2) establece medidas para evitar la introducción, el establecimiento y la propagación en el territorio de la Unión de Spodoptera frugiperda (Smith) («plaga especificada»).

(2)

Dicho Reglamento de Ejecución es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2025 para permitir completar la evaluación y revisar la propagación de la plaga especificada, los casos de incumplimiento de la legislación de la Unión respecto a la presencia de la plaga especificada y la eficacia de las medidas adoptadas en el territorio de la Unión.

(3)

Teniendo en cuenta que la introducción de determinados vegetales está relacionada con el riesgo de propagación de la plaga especificada en la Unión, dichos vegetales se incluyeron en el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134, sometidos a requisitos especiales para su importación. A partir de la revisión prevista en dicho Reglamento de Ejecución, los respectivos requisitos especiales relativos a los planes de contingencia, las zonas demarcadas, las medidas de erradicación y la comunicación de información deben mantenerse sin limitación temporal, ya que, según la experiencia existente, han demostrado ser los más adecuados para hacer frente al riesgo de la plaga especificada.

(4)

No obstante, los requisitos relativos a la introducción y al traslado en la Unión de frutos de Capsicum L., Momordica L., Solanum aethiopicum L., Solanum macrocarpon L., Solanum melongena L., los vegetales de Asparagus officinalis L., excepto los tallos cubiertos por tierra durante toda su vida, el polen vivo, los cultivos de tejidos vegetales y las semillas, y los vegetales de Zea mays L., excepto el polen vivo, los cultivos de tejidos vegetales, las semillas y los granos, deben aplicarse hasta el 31 de diciembre de 2028. Esto es necesario a fin de disponer de tiempo para obtener una evaluación más detallada de las vías de la plaga especificada y las medidas más adecuadas para abordar el riesgo fitosanitario correspondiente.

(5)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134 en consecuencia.

(6)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134

El artículo 15 del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 15

Entrada en vigor y aplicación

El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Los artículos 10 y 11 serán de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2028.».

Artículo 2

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de diciembre de 2025.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 317 de 23.11.2016, p. 4, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/2031/oj.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1134 de la Comisión, de 8 de junio de 2023, relativo a medidas para evitar la introducción, el establecimiento y la propagación en el territorio de la Unión de Spodoptera frugiperda (Smith), por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 y se deroga la Decisión de Ejecución (UE) 2018/638 (DO L 149 de 9.6.2023, p. 62, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2023/1134/oj).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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