Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1548 del Consejo, de 25 de julio de 2025, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2025-81142
Número oficial:
DOUE-L-2025-81142
Publicación:
25/07/2025
Departamento:
Unión Europea

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2023/1529 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo (1), y en particular su artículo 7, apartados 3 y 4,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 20 de julio de 2023, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2023/1529.

(2) Sobre la base de la revisión de su Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo (2), el Consejo ha decidido prorrogar hasta el 27 de julio de 2026 las medidas restrictivas que en ella se establecen.

 3) El Consejo ha llegado a la conclusión de que deben actualizarse las entradas relativas a dos personas y una entidad que figuran en el anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529.

(4) Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2023/1529 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de julio de 2025.

Por el Consejo

La Presidenta

M. BJERRE

(1)   DO L 186 de 25.7.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/1529/oj.

(2)  Decisión (PESC) 2023/1532 del Consejo, de 20 de julio de 2023, relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo (DO L 186 de 25.7.2023, p. 20, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/1532/oj).

ANEXO

El anexo III del Reglamento (UE) 2023/1529, titulado «Lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 3», se modifica como sigue:

1) En la lista titulada «A. Personas físicas», las entradas 7 y 20 se sustituyen por el texto siguiente:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombres

Información identificativa

Motivos de la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«7.

Mohammad-Reza Gharaei ASHTIANI

 

 

(grafía farsi)

Cargo(s): jefe adjunto de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Irán

Fecha de nacimiento: 1960

Lugar de nacimiento: Teherán (Irán)

Nacionalidad: iraní

Sexo: masculino

Mohammad-Reza Gharaei Ashtiani es jefe adjunto de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Irán desde agosto de 2024.

Fue ministro de Defensa de la República Islámica de Irán (agosto de 2021 - agosto de 2024) y responsable del Ministerio de Defensa y Logística de las Fuerzas Armadas (Ministry of Defence and Armed Forces Logistics, MODAFL), que está incluido en la lista de la UE.

El MODAFL se encarga de la planificación, la logística y la financiación de las Fuerzas Armadas de Irán. Tiene asimismo una función esencial en el sector de la defensa de Irán, y cuenta con múltiples grupos empresariales y filiales que operan en el ámbito de la investigación, el desarrollo, el mantenimiento y la fabricación de equipos militares, por ejemplo, la fabricación de vehículos aéreos no tripulados (VANT).

El MODAFL también participa en la puesta en marcha de una planta conjunta para la producción de VANT y la venta a Rusia de estos vehículos destinados a ser utilizados en la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

En su calidad de jefe adjunto de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Irán, Mohammad-Reza Gharaei Ashtiani coordina y supervisa el ejército convencional y el Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (Islamic Revolutionary Guards Corps, IRGC) y es un estrecho colaborador del Líder Supremo de Irán. La supervisión del IRGC incluye la Fuerza Aeroespacial del IRGC (IRGC Aerospace Force), responsable del programa de VANT de Irán. Por lo tanto, desempeña un papel de supervisión tanto del programa de misiles como del programa de VANT. En el ejercicio de su función, también apoya la cooperación militar iraní con Rusia.

En su calidad de jefe adjunto de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas de Irán, Mohammad-Reza Gharaei Ashtiani participa directamente en los programas de VANT y de misiles de Irán y participa en la transferencia de VANT iraníes a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania.

31.5.2024

20.

Mohammad Reza KHIABANI

محمدرضا مدرس خیابانی

(grafía farsi)

Cargo(s): director de IRISL

Nacionalidad: iraní

Sexo: masculino

Entidades asociadas: Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL); Islamic Revolutionary Guard Corps Navy (IRGCN); Islamic Revolutionary Guard Corps Research and Self-Sufficiency Jihad Organisation (IRGC SSJO)

Mohammad Reza Khiabani es el director de la Compañía de Transporte Marítimo de la República Islámica de Irán (Islamic Republic of Iran Shipping Lines, IRISL), uno de los principales transportistas marítimos de Irán, entidad incluida en la lista de la UE.

Desde hace años, los buques pertenecientes a IRISL o gestionados por IRISL o sus filiales participan en el transporte de mercancías militares y otras actividades destinadas a asistir a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania y a grupos armados y entidades que socavan la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, especialmente en relación con el Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (IRGC) y algunas de sus ramas, en particular la Armada del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (Islamic Revolutionary Guard Corps Navy, IRGCN), incluida en la lista de la UE, y la Organización para la Jihad de Investigación y Autosuficiencia del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (Islamic Revolutionary Guard Corps Research and Self-Sufficiency Jihad Organisation, IRGC SSJO), incluida en la lista de la UE.

La Armada del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (IRGCN), incluida en la lista de la UE, convierte los buques portacontenedores que son o eran propiedad del Grupo IRISL (IRISL Group) en buques portadrones. La IRGCN es parte del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica e incluye una división de vehículos aéreos no tripulados (VANT) y una división de misiles. La IRGCN participa en los programas de VANT y de misiles de Irán y participa en la transferencia de misiles iraníes a grupos armados y entidades que socavan la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo.

La IRGC SSJO es una unidad de investigación y desarrollo que forma parte del IRGC que desarrolla y fabrica georradares, sistemas de comunicación, armamento, vehículos de combate y equipos electrónicos de guerra cibernética. La IRGC SSJO participa en los programas de VANT y de misiles de Irán y en la transferencia de VANT iraníes a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania.

Por lo tanto, en su principal función de director de IRISL, Mohammad Reza Khiabani participa en la transferencia de VANT, misiles o tecnologías conexas iraníes a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania y a grupos armados y entidades que socavan la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, y está asociado con ramas del IRGC, en particular la IRGC SSJO (incluida en la lista de la UE) y la IRGCN (incluida en la lista de la UE).

18.11.2024».

2) En la lista titulada «B. Personas jurídicas, entidades y organismos», la entrada 20 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre (transliteración al alfabeto latino)

Nombre

Información identificativa

Motivos de la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

«20.

Islamic Republic of Iran Shipping Lines (IRISL)

گروه کشتیرانی جمهوری اسلامی ایران

(grafía farsi)

Lugar de registro: Irán

Personas asociadas: Mohammad Reza Khiabani (director)

Entidades asociadas: Islamic Revolutionary Guard Corps Navy (IRGCN); Islamic Revolutionary Guard Corps Research and Self-Sufficiency Jihad Organisation (IRGC SSJO)

La Compañía de Transporte Marítimo de la República Islámica de Irán (Islamic Republic of Iran Shipping Lines, IRISL) es uno de los principales transportistas marítimos de Irán.

Desde hace años, los buques pertenecientes a IRISL o gestionados por IRISL o sus filiales participan en el transporte de mercancías militares y otras actividades destinadas a asistir a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania y a grupos armados y entidades que socavan la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, especialmente en relación con el Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (IRGC) y algunas de sus ramas, en particular la Armada del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (Islamic Revolutionary Guard Corps Navy, IRGCN), incluida en la lista de la UE, y la Organización para la Jihad de Investigación y Autosuficiencia del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (Islamic Revolutionary Guard Corps Research and Self-Sufficiency Jihad Organisation, IRGC SSJO), incluida en la lista de la UE.

La Armada del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica (IRGCN), incluida en la lista de la UE, convierte los buques portacontenedores que son o eran propiedad del Grupo IRISL (IRISL Group) en buques portadrones. La IRGCN es parte del Cuerpo de los Guardianes de la Revolución Islámica e incluye una división de vehículos aéreos no tripulados (VANT) y una división de misiles. La IRGCN participa en los programas de VANT y de misiles de Irán y participa en la transferencia de misiles iraníes a grupos armados y entidades que socavan la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo.

La IRGC SSJO es una unidad de investigación y desarrollo que forma parte del IRGC que desarrolla y fabrica georradares, sistemas de comunicación, armamento, vehículos de combate y equipos electrónicos de guerra cibernética. La IRGC SSJO participa en los programas de VANT y de misiles de Irán y en la transferencia de VANT iraníes a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania.

Por lo tanto, IRISL participa en la transferencia de VANT, misiles o tecnologías conexas iraníes a Rusia en apoyo a su guerra de agresión contra Ucrania y a grupos armados y entidades que socavan la paz y la seguridad en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo, y está asociada con ramas del IRGC, en particular la IRGC SSJO (incluida en la lista de la UE) y la IRGCN (incluida en la lista de la UE).

18.11.2024».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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