Reglamento de Ejecución (UE) 2024/403 de la Comisión, de 30 de enero de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 en lo que respecta a la definición de SIGMET y a determinados requisitos aplicables a las reglas de vuelo visual especiales y a las autorizaciones de control de tránsito aéreo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2024-80495
Número oficial:
DOUE-L-2024-80495
Publicación:
11/04/2024
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2018, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2111/2005, (CE) n.o 1008/2008, (UE) n.o 996/2010 y (UE) n.o 376/2014 y las Directivas 2014/30/UE y 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 552/2004 y (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CEE) n.o 3922/91 del Consejo (1), y en particular su artículo 43, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 de la Comisión (2) establece requisitos comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea («ATM/ANS») y otras funciones de red de gestión del tránsito aéreo («funciones de red ATM») para el tránsito aéreo general y su supervisión.

(2)

El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 de la Comisión (3) establece el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea aplicables al tránsito aéreo general (lo que se conoce como «Reglamento del Aire»). Algunas disposiciones de dicho Reglamento relativas a la prestación de servicios de tránsito aéreo han sido modificadas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/404 de la Comisión (4).

(3)

Por consiguiente, a fin de garantizar la coherencia, deben modificarse las disposiciones correspondientes del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373. Esto afecta, en particular, a la definición relativa a la información relacionada con condiciones meteorológicas significativas y a determinadas disposiciones sobre las autorizaciones relacionadas con las reglas de vuelo visual («VFR») especiales.

(4)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 en consecuencia.

(5)

A fin de garantizar una aplicación sin trabas de las medidas introducidas por el presente Reglamento y, al mismo tiempo, mantener un nivel elevado y uniforme de seguridad de la aviación civil en la Unión, el sector y las autoridades competentes de los Estados miembros deben disponer de tiempo suficiente para adaptarse a dichas medidas. Por consiguiente, el presente Reglamento debe comenzar a aplicarse doce meses después de su entrada en vigor.

(6)

La Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea asistió a la Comisión de conformidad con el artículo 75, apartado 2, letras b) y c), y el artículo 76, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1139, y presentó a la Comisión el correspondiente dictamen n.o 02/2023 el 18 de agosto de 2023.

(7)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité para la Aplicación de las Normas Comunes de Seguridad en el Ámbito de la Aviación Civil establecido por el artículo 127 del Reglamento (UE) 2018/1139.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos I, IV y VI del Reglamento (UE) 2017/373 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de mayo de 2025.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

(1)   DO L 212 de 22.8.2018, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 de la Comisión, de 1 de marzo de 2017, por el que se establecen requisitos comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea y otras funciones de la red de gestión del tránsito aéreo y su supervisión, por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 482/2008 y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 1034/2011, (UE) n.o 1035/2011 y (UE) 2016/1377, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 677/2011 (DO L 62 de 8.3.2017, p. 1).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1035/2011 y los Reglamentos (CE) n.o 1265/2007, (CE) n.o 1794/2006, (CE) n.o 730/2006, (CE) n.o 1033/2006 y (UE) n.o 255/2010 (DO L 281 de 13.10.2012, p. 1).

(4)  Reglamento de Ejecución (UE) 2024/404 de la Comisión, de 30 de enero de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 en lo que respecta a las actualizaciones de las disposiciones pertinentes de la OACI, la ejecución del procedimiento previsto en caso de fallo de las comunicaciones por radio y la supresión del suplemento del anexo de dicho Reglamento (DO L, 2024/404, XXX, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2024/404/oj).

ANEXO

Los anexos I, IV y VI del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 se modifican como sigue:

1) (no afecta a la versión española).

 

2) En el anexo IV, subparte B, el punto ATS.TR.270 se modifica como sigue:

a)

la parte introductoria de la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

 

«Podrá autorizarse la realización de vuelos VFR especiales dentro de una zona de control, previa autorización ATC. Salvo cuando la autoridad competente permita otra cosa para los helicópteros en circunstancias especiales (tales como vuelos de la policía, médicos, operaciones de búsqueda y salvamento y extinción de incendios, entre otros), se aplicarán las siguientes condiciones adicionales:»;

b)

el punto 3 de la letra a) se sustituye por el texto siguiente:

«3)

la dependencia de control de tránsito aéreo no emitirá una autorización VFR especial para que una aeronave despegue o aterrice en un aeródromo dentro de una zona de control, o entre en el circuito de tránsito del aeródromo dentro de una zona de control, cuando las condiciones meteorológicas notificadas en dicho aeródromo estén por debajo de los mínimos siguientes:

i)

la visibilidad en tierra es inferior a 1 500 m o, para helicópteros, inferior a 800 m;

ii)

el techo de nubes es inferior a 180 m (600 pies).».

 

3) En el anexo VI, subparte B, punto AIS.TR.330 NOTAM, la letra f) se sustituye por el texto siguiente:

f)

«La información relativa a nieve, nieve fundente, hielo, escarcha, agua estancada o agua asociada con nieve, nieve fundente, hielo o escarcha en el área de movimientos se difundirá mediante un SNOWTAM, en el orden indicado en el formato SNOWTAM del apéndice 3.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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