Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2934 del Consejo, de 25 de noviembre de 2024, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2024-81731
Número oficial:
DOUE-L-2024-81731
Publicación:
25/11/2024
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 442/2011 (1), y en particular su artículo 32, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 18 de enero de 2012, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(2)

Ante la gravedad de la situación en Siria y teniendo en cuenta los cambios recientes que se han producido en el Gobierno sirio, procede añadir tres personas a la lista de las personas físicas y jurídicas, entidades u organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(3)

Debe actualizarse la información relativa a una persona incluida en la lista del anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012.

(4)

Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) n.o 36/2012 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica de conformidad con lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 2024.

Por el Consejo

El Presidente

HANKÓ B.

 

(1)   DO L 16 de 19.1.2012, p. 1.

ANEXO

El anexo II del Reglamento (UE) n.o 36/2012 se modifica como sigue:

1)

Se añaden las siguientes entradas a la lista de la sección «A. Personas»:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión

«359.

Louai Emad El-Din al-MUNAJID

لؤي عماد الدين المنجد

Nacionalidad: siria

Sexo: masculino

Ministro de Comercio Interior y Protección de los Consumidores. Nombrado en septiembre de 2024.

Exministro de Trabajo y Asuntos Sociales.

En su calidad de ministro del Gobierno, Louai Emad El-Din al-Munajjid comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

25.11.2024

360.

Firas Hassan QADDOUR

فيراس حسان قدور

Fecha de nacimiento: 1962

Lugar de nacimiento: Damasco

Nacionalidad: siria

Sexo: masculino

Ministro de Petróleo y de Recursos Minerales. Nombrado en marzo de 2023 y nombrado de nuevo en septiembre de 2024.

En su calidad de ministro del Gobierno, Firas Hassan Qaddour comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

25.11.2024

361.

Ahmed Mohammad BUSTAJI

أحمد بوسته جي

Lugar de nacimiento: Idlib (Idleb)

Nacionalidad: siria

Sexo: masculino

Ministro de Estado. Nombrado en marzo de 2023 y nombrado de nuevo en septiembre de 2024.

En su calidad de ministro del Gobierno, Ahmed Mohammad Bustaji comparte responsabilidad por la represión violenta ejercida por el régimen sirio contra la población civil.

25.11.2024».

2)

En la sección «A. Personas», la entrada 30 se sustituye por el texto siguiente:

 

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión

«30.

Mohammad (alias Muhammad, Mohamed, Mohammed, Muhamad) al-MUFLEH (alias al-Muflih)

 

 

Fecha de nacimiento: anterior a 1964

Sexo: masculino

Jefe de inteligencia militar siria de la ciudad de Hama, implicado en la represión contra los manifestantes.

1.8.2011».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Comunicación de la Comisión en la que se ofrecen orientaciones sobre las disposiciones nuevas o modificadas sustancialmente de la Directiva (UE) 2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios refundida.

Otros 18/12/2025

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