EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 356/2010 del Consejo, de 26 de abril de 2010, por el que se imponen ciertas medidas restrictivas específicas dirigidas contra ciertas personas físicas y jurídicas, entidades u organismos dada la situación en Somalia (1), y en particular su artículo 12,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 26 de abril de 2010, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 356/2010.
(2) El 18 de febrero de 2022, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU), creado en virtud de la Resolución 751 (1992) del CSNU, decidió añadir a una persona a la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.
(3) Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (UE) n.o 356/2010.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) n.o 356/2010 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 2022.
Por el Consejo
El Presidente
J.-Y. LE DRIAN
(1) DO L 105 de 27.4.2010, p. 1.
ANEXO
Se añadirán a la lista que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 356/2010 las personas enumeradas a continuación:
I. Personas
«21. Ali Mohamed RAGE [alias: a) Ali Mohammed Rage b) Ali Dheere c) Ali Dhere d) Ali Mohamed Rage Cali Dheer e) Ali Mohamud Rage].
Cargo: Portavoz de Al-Shabaab
Fecha de nacimiento: 1966
Lugar del nacimiento: Somalia
Nacionalidad: Somalí
Dirección: Somalia
Fecha de la inclusión en la lista de las Naciones Unidas: 18 de febrero de 2022
Información suplementaria:
Incluido en la lista de conformidad con el párrafo 43, apartado a), de la Resolución 2093 (2013) por participar en actos que amenazan la paz, la seguridad o la estabilidad de Somalia o prestarles apoyo, en particular actos que suponen una amenaza para el proceso de paz y reconciliación en Somalia, o suponen una amenaza para el Gobierno Federal de Somalia o la AMISOM recurriendo a la fuerza. Como portavoz de Al-Shabaab, Rage ha participado en la divulgación de las actividades terroristas del grupo y el apoyo a estas actividades».