EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/1686 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, por el que se imponen medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos (1), y en particular su artículo 4, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 20 de septiembre de 2016, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2016/1686.
(2) En vista de la amenaza persistente del EIIL (Daesh) y Al Qaida y de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos, procede añadir una persona a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686.
(3) Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento (UE) 2016/1686 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 15 de abril de 2021.
Por el Consejo
La Presidenta
A. P. ZACARIAS
(1) DO L 255 de 21.9.2016, p. 1.
ANEXO
Se añade la siguiente mención a la lista personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686:
«7. | Mesut SEKERCI; fecha de nacimiento: 22 de julio de 1995; lugar de nacimiento: Evreux (Francia); nacionalidad: francesa, turca.». |