Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo de 5 de marzo de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2020-80387
Número oficial:
DOUE-L-2020-80387
Publicación:
06/03/2020
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 208/2014 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (1), y en particular su artículo 14, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 5 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 208/2014.

(2) Tras la revisión realizada por el Consejo, procede suprimir de la lista a dos personas y actualizar en el anexo I la información sobre el derecho de defensa y el derecho a una tutela judicial efectiva.

(3) Procede modificar, por lo tanto, el anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de marzo de 2020.

Por el Consejo

El Presidente

T. ĆORIĆ

 

(1)  DO L 66 de 6.3.2014, p. 1.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 208/2014 se modifica como sigue:

1)

En la sección «A. Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que hace referencia el artículo 2», se suprimen las menciones relativas a las siguientes personas:

11.

Mykola Yanovych Azarov;

18.

Edward Stavytskyi.

2)

La sección «B. Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva» se sustituye por el texto siguiente:

«B.

Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva

Derecho de defensa y derecho a una tutela judicial efectiva con arreglo al Código de Procedimiento Penal de Ucrania

El artículo 42 del Código de Procedimiento Penal de Ucrania (en lo sucesivo, “CPPU”) establece que toda persona sospechosa o acusada en un proceso penal, gozará del derecho de defensa y del derecho a una tutela judicial efectiva. Ello incluye: el derecho de toda persona a ser informada de qué delito se le sospecha o acusa; el derecho a ser informada, de forma expresa y sin demora, de sus derechos con arreglo al CPPU; el derecho a la asistencia de un abogado en cuanto lo solicite la primera vez; el derecho a solicitar medidas procesales; y el derecho a recurrir decisiones, actos u omisiones del investigador, el fiscal y el juez de instrucción. El artículo 306 del CPPU dispone que las reclamaciones contra las decisiones, actos u omisiones del investigador o del fiscal deben ser examinadas por un juez de instrucción de un tribunal local en presencia del demandante o de su abogado o representante legal. El artículo 308 del CPPU dispone que las reclamaciones por el incumplimiento del tiempo razonable durante la instrucción por parte del investigador o fiscal pueden presentarse ante un fiscal superior y deben ser examinadas en el plazo de tres días desde su presentación. Además, el artículo 309 del CPPU especifica qué decisiones de los jueces de instrucción pueden ser recurridas, y también que otro tipo de decisiones pueden ser objeto de control judicial en el marco de las diligencias previas ante el tribunal. Además, una serie de medidas de instrucción procesal solo son posibles si previamente han sido objeto de una resolución adoptada por el juez de instrucción o por un órgano jurisdiccional (por ejemplo, el embargo de bienes con arreglo a los artículos 167 a 175 y las medidas de privación de libertad en aplicación de los artículos 176 a 178 del CPPU).

Aplicación del derecho de defensa y del derecho a la tutela judicial efectiva de cada una de las personas incluidas en la lista

1.

Viktor Fedorovych Yanukovych

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Viktor Fedorovych Yanukovych fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, las cartas de 26 de septiembre de 2014 y de 8 de octubre de 2014 relativas al envío de la notificación escrita de sospecha, la información sobre la autorización, el 27 de julio de 2015, de una instrucción especial en ausencia del interesado, varias resoluciones judiciales relativas al embargo de bienes y el hecho de que la decisión de suspender el proceso penal de 27 de septiembre de 2017 era susceptible de recurso. El Consejo tiene asimismo pruebas documentales de que el 30 de septiembre de 2019 se concedió una solicitud reciente de la defensa.

2.

Vitalii Yuriyovych Zakharchenko

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Vitalii Yuriyovych Zakharchenko fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, las resoluciones del juez de instrucción de 21 de mayo de 2018 y de 23 de noviembre de 2018, por las que se autoriza a detener a Vitalii Yuriyovych Zakharchenko con el fin de hacerlo comparecer ante un tribunal para participar en la vista sobre la aplicación de la detención preventiva. Además, la resolución, de 19 de febrero de 2019, sobre la suspensión de la instrucción era susceptible de recurso.

3.

Viktor Pavlovych Pshonka

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Viktor Pavlovych Pshonka fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, el hecho de que el 22 de diciembre de 2014 se entregase una notificación escrita de sospecha, el que la decisión de suspender el proceso penal de 16 de junio de 2017 fuese susceptible de recurso y las resoluciones del juez de instrucción de 12 de marzo de 2018, 13 de agosto de 2018 y 5 de septiembre de 2019 de autorizar la detención de Viktor Pavlovych Pshonka con el fin de hacerlo comparecer ante un tribunal para participar en la vista sobre la aplicación de la detención preventiva.

6.

Viktor Ivanovych Ratushniak

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Viktor Ivanovych Ratushniak fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, las resoluciones del juez de instrucción de 21 de mayo de 2018 y de 23 de noviembre de 2018, por las que se autoriza a detener a Viktor Ivanovych Ratushniak con el fin de hacerlo comparecer ante un tribunal para participar en la vista sobre la aplicación de la detención preventiva. Además, la resolución, de 19 de febrero de 2019, sobre la suspensión de la instrucción era susceptible de recurso.

7.

Oleksandr Viktorovych Yanukovych

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Oleksandr Viktorovych Yanukovych fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, una serie de resoluciones judiciales en relación con el embargo de bienes y la resolución del juez de instrucción, de 27 de junio de 2018, por la que se anula la resolución del ministerio fiscal que deniega la solicitud, presentada por la defensa, de cerrar la investigación.

9.

Artem Viktorovych Pshonka

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Artem Viktorovych Pshonka fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, el hecho de que el 29 de diciembre de 2014 se entregase una notificación escrita de sospecha, el que la decisión de suspender el proceso penal de 16 de junio de 2017 fuese susceptible de recurso y las resoluciones del juez de instrucción de 12 de marzo de 2018, 13 de agosto de 2018 y 5 de septiembre de 2019 de autorizar la detención de Artem Viktorovych Pshonka con el fin de hacerlo comparecer ante un tribunal para participar en la vista sobre la aplicación de la detención preventiva.

12.

Serhiy Vitalyovych Kurchenko

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Serhiy Vitalyovych Kurchenko fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo pone de manifiesto, en particular, la resolución del juez de instrucción, de 7 de marzo de 2018, de autorizar una instrucción especial en ausencia del interesado. Además, se notificó a la defensa la conclusión de la instrucción el 28 de marzo de 2019 y se le concedió acceso a los materiales para que se familiarizara con ellos.

13.

Dmytro Volodymyrovych Tabachnyk

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Dmytro Volodymyrovych Tabachnyk fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, la resolución del juez de instrucción, de 8 de mayo de 2018, por las que se autoriza a detener a Dmytro Volodymyrovych Tabachnyk con el fin de hacerlo comparecer ante un tribunal para participar en la vista sobre la aplicación de la detención preventiva.

15.

Serhiy Hennadiyovych Arbuzov

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Serhiy Hennadiyovych Arbuzov fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, una carta de 24 de abril de 2017 relativa al envío de la notificación escrita de sospecha, las resoluciones del juez de instrucción de 19 de diciembre de 2018, 18 de marzo de 2019 y 29 de julio de 2019 en las que accede a la petición de la defensa en contra de la inacción de la fiscalía, la resolución del juez de instrucción de 10 de agosto de 2017 por la que se autoriza una instrucción especial en ausencia del interesado y las resoluciones del juez de instrucción de 4 de noviembre de 2019 y 5 de noviembre de 2019 por las que se deniegan las peticiones de la defensa de fijar un plazo para el cierre de la instrucción.

17.

Oleksandr Viktorovych Klymenko

El proceso penal relacionado con la apropiación indebida de fondos o activos públicos está todavía en curso.

La información que figura en el expediente del Consejo pone de manifiesto que los derechos de defensa y a la tutela judicial efectiva de Oleksandr Viktorovych Klymenko fueron respetados en el proceso penal sobre el que se basó el Consejo. Así lo ponen de manifiesto, en particular, las resoluciones del juez de instrucción, de 1 de marzo de 2017 y 5 de octubre de 2018, por las que se autoriza una instrucción especial en ausencia del interesado y las resoluciones del juez de instrucción de 8 de febrero de 2017 y 19 de agosto de 2019 por las que se concede una medida preventiva en forma de detención preventiva y el hecho de que esté en curso el proceso de familiarización con los materiales que componen el proceso penal por parte de la defensa.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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