Reglamento de Ejecución (UE) 2019/324 de la Comisión, de 25 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 540/2011 en lo relativo a los períodos de aprobación de las sustancias activas bifentrina, carboxina, FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo), residuos de extracción de polvo de pimienta y silicato de sodio y aluminio.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2019-80306
Número oficial:
DOUE-L-2019-80306
Publicación:
26/02/2019
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (1), y en particular su artículo 17, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1)

En la parte A del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión (2) figuran las sustancias activas que se consideran aprobadas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1107/2009. En la parte B del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión figuran las sustancias activas aprobadas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1107/2009.

(2)

El período de aprobación de la sustancia activa bifentrina se prorrogó desde el 31 de julio de 2019 hasta el 31 de julio de 2021 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/195 de la Comisión (3).

(3)

El período de aprobación de las sustancias activas residuos de extracción de polvo de pimienta y silicato de sodio y aluminio se prorrogó desde el 31 de agosto de 2019 hasta el 31 de agosto de 2020 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/195.

(4)

El período de aprobación de la sustancia activa carboxina se prorrogó desde el 31 de mayo de 2021 hasta el 31 de mayo de 2023 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1266 de la Comisión (4).

(5)

El período de aprobación de la sustancia activa FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo) se prorrogó desde el 31 de octubre de 2020 hasta el 31 de octubre de 2021 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/184 de la Comisión (5).

(6)

De conformidad con el artículo 1 del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 844/2012 de la Comisión (6), se presentaron solicitudes de renovación de la aprobación de las sustancias activas bifentrina, carboxina, FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo), residuos de extracción de polvo de pimienta y silicato de sodio y aluminio. Sin embargo, para los residuos de extracción de polvo de pimienta y silicato de sodio y aluminio no se presentaron expedientes complementarios en apoyo de la renovación, de conformidad con el artículo 6 de dicho Reglamento. Los solicitantes confirmaron que ya no apoyan la renovación de la aprobación de las sustancias activas bifentrina, carboxina y FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo).

(7)

 

 

 

 

 

(8)

 

 

(9)

Teniendo en cuenta el objetivo del artículo 17, párrafo primero, del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, ya no está justificada la prórroga de los períodos de aprobación de estas sustancias activas, prevista en los Reglamentos de Ejecución (UE) 2017/195, (UE) 2018/1266 y (UE) 2018/184. Procede, por tanto, disponer que las aprobaciones de las sustancias activas bifentrina, carboxina, FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo), residuos de extracción de polvo de pimienta y silicato de sodio y aluminio expiren en las fechas en que expirarían sin la prórroga.

 

Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 en consecuencia.

 

 

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de febrero de 2019.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

(1)  DO L 309 de 24.11.2009, p. 1.

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas aprobadas (DO L 153 de 11.6.2011, p. 1).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2017/195 de la Comisión, de 3 de febrero de 2017, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 por lo que respecta a la prórroga de los períodos de aprobación de varias sustancias activas incluidas en la parte B del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012 (programa de renovación AIR IV) (DO L 31 de 4.2.2017, p. 21).

(4)  Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1266 de la Comisión, de 20 de septiembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 por lo que respecta a la prórroga de los períodos de aprobación de las sustancias activas 1-decanol, 6-benciladenina, sulfato de aluminio, azadiractina, bupirimato, carboxina, cletodim, cicloxidim, dazomet, diclofop, ditianona, dodina, fenazaquina, fluometurón, flutriafol, hexitiazox, himexazol, ácido indolilbutírico, isoxabeno, sulfuro de calcio, metaldehído, paclobutrazol, pencicurón, sintofeno, tau-fluvalinato y tebufenozida (DO L 238 de 21.9.2018, p. 81).

(5)  Reglamento de Ejecución (UE) 2018/184 de la Comisión, de 7 de febrero de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 en lo que respecta a la prórroga de los períodos de validez de la aprobación de las sustancias activas FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo) y fluoruro de sulfurilo (DO L 34 de 8.2.2018, p. 10).

(6)  Reglamento de Ejecución (UE) n.o 844/2012 de la Comisión, de 18 de septiembre de 2012, por el que se establecen las disposiciones necesarias para la aplicación del procedimiento de renovación de las sustancias activas de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la comercialización de productos fitosanitarios (DO L 252 de 19.9.2012, p. 26).

ANEXO

El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 se modifica como sigue:

1) La parte A se modifica como sigue:

 a) en la sexta columna (Expiración de la aprobación) de la fila 239 (Residuos de extracción de polvo de pimienta), la fecha se sustituye por «31 de agosto de 2019»;

 b) en la sexta columna (Expiración de la aprobación) de la fila 253 (Silicato de sodio y aluminio), la fecha se sustituye por «31 de agosto de 2019»;

 c) en la sexta columna (Expiración de la aprobación) de la fila 308 [FEN 560 (también denominado fenogreco o semillas de fenogreco en polvo)], la fecha se sustituye por «31 de octubre de 2020»;

 d) en la sexta columna (Expiración de la aprobación) de la fila 337 (Carboxina), la fecha se sustituye por «31 de mayo de 2021»;

2) En la parte B, en la sexta columna (Expiración de la aprobación) de la fila 23 (Bifentrina), la fecha se sustituye por «31 de julio de 2019».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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