LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) | El Reglamento (CE) n.o 1831/2003 regula la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal y establece los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. |
(2) | De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización de un preparado de una mezcla natural de illita, montmorillonita y caolinita. Dicha solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
(3) | La solicitud se refiere a la autorización de un preparado de una mezcla natural de illita, montmorillonita y caolinita como aditivo para la alimentación animal para todas las especies de animales, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos tecnológicos». |
(4) | La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó en sus dictámenes de 1 de diciembre de 2015 (2), 5 de julio de 2017 (3) y 5 de julio de 2018 (4) que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de una mezcla natural de illita, montmorillonita y caolinita no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. La Autoridad concluyó asimismo que es eficaz como ligante y antiaglomerante. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, la Autoridad verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo para la alimentación animal presentado por el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) n.o 1831/2003. |
(5) | La evaluación del preparado de una mezcla natural de illita, montmorillonita y caolinita muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1831/2003. En consecuencia, procede autorizar el uso de este preparado según se especifica en el anexo del presente Reglamento. |
(6) | Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Se autoriza como aditivo en la alimentación animal el preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos tecnológicos» y a los grupos funcionales «ligantes» y «antiaglomerantes», en las condiciones establecidas en el anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 3 de enero de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(2) EFSA Journal 2016;14(1):4342.
(3) EFSA Journal 2017;15(7):4940.
(4) EFSA Journal 2018;16(7):5387.
ANEXO
Número de identificación del aditivo | Aditivo | Composición, fórmula química, descripción y método analítico | Especie o categoría de animales | Edad máxima | Contenido mínimo | Contenido máximo | Otras disposiciones | Fin del período de autorización | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
mg de aditivo por kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 % | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Aditivos tecnológicos: ligantes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1g599 | Illita, montmorillonita y caolinita | Composición del aditivo Preparado de una mezcla natural de illita, montmorillonita y caolinita, con un contenido mínimo de:
Caracterización de la sustancia activa Illita:
Montmorillonita:
Caolinita:
Hierro (estructural) 10 % (de media) Sin amianto Método analítico (1) Caracterización del aditivo para piensos:
| Pollos de engorde y especies menores de aves de corral de engorde Bovinos de engorde y rumiantes menores de engorde Cerdos de engorde y lechones destetados | — | 5 000 | 50 000 |
| 24 de enero de 2029 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Las demás especies y categorías de animales | — | 5 000 | 20 000 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Aditivos tecnológicos: antiaglomerantes | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1g599 | Illita, montmorillonita y caolinita | Composición del aditivo Preparado de una mezcla natural de illita, montmorillonita y caolinita, con un contenido mínimo de:
Caracterización de la sustancia activa Illita:
Montmorillonita:
Caolinita:
Hierro (estructural) 10 % (de media) Sin amianto Método analítico (1) Caracterización del aditivo para piensos:
| Pollos de engorde y especies menores de aves de corral de engorde Bovinos de engorde y rumiantes menores de engorde Cerdos de engorde y lechones destetados | — | 5 000 | 50 000 |
| 24 de enero de 2029 | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Las demás especies y categorías de animales | — | 5 000 | 20 000 |
(1) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://ec.europa.eu/jrc/en/eurl/feed-additives/evaluation-reports