Reglamento de Ejecución (UE) 2018/995 de la Comisión, de 12 de julio de 2018, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en lo que respecta a los plazos de presentación de licitaciones.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-81156
Número oficial:
DOUE-L-2018-81156
Publicación:
16/07/2018
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (2), y en particular su artículo 28,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión (3) abrió la venta de leche desnatada en polvo mediante procedimiento de licitación. Preveía inicialmente dos licitaciones parciales al mes, salvo en los meses de agosto y diciembre.

(2) El Reglamento de Ejecución (UE) 2017/472 de la Comisión (4) modificó el Reglamento 2016/2080 reduciendo el número de plazos de presentación de licitaciones a uno por mes y eliminando la disposición de tal plazo en el mes de agosto.

(3) La experiencia adquirida con las licitaciones parciales realizadas en 2018 ha puesto de manifiesto el creciente interés que suscitan en las condiciones actuales del mercado. Resulta adecuado, pues, restablecer el número inicial de plazos en los que pueden presentarse ofertas y prever un plazo en el mes de agosto.

(4) Dado que el plazo de agosto termina el cuarto martes del mes, para evitar dos ofertas en dos semanas consecutivas, es conveniente que en septiembre solo haya un plazo.

(5) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en consecuencia.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

______________________

(1)DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)DO L 206 de 30.7.2016, p. 71.

(3)Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2016, por el que se abre la venta de leche desnatada en polvo mediante procedimiento de licitación (DO L 321 de 29.11.2016, p. 45).

(4)Reglamento de Ejecución (UE) 2017/472 de la Comisión, de 15 de marzo de 2017, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2016/2080 en lo que respecta a los plazos de presentación de licitaciones (DO L 73 de 18.3.2017, p. 5).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 2, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 se sustituye por el texto siguiente:

«2. El plazo de presentación de licitaciones para la segunda licitación parcial y para las licitaciones parciales siguientes comenzará el primer día hábil siguiente al de la expiración del plazo anterior. Finalizará a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del primer y tercer martes de cada mes. No obstante, en agosto terminará a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del cuarto martes, en septiembre a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del tercer martes y en diciembre a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del segundo martes.

Si el martes coincide con un día festivo, el plazo vencerá a las 11.00 horas (hora de Bruselas) del día hábil anterior.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 18 de julio de 2018.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2018.

Por la Comisión, en nombre del Presidente,

Phil HOGAN

Miembro de la Comisión

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