Reglamento de Ejecución (UE) 2018/714 del Consejo, de 14 de mayo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-80798
Número oficial:
DOUE-L-2018-80798
Publicación:
16/05/2018
Departamento:
Unión Europea

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/1509 del Consejo, de 30 de agosto de 2017, relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 329/2007 (1), y en particular su artículo 47, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 30 de agosto de 2017, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2017/1509.

(2)

El 14 de mayo de 2018, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2018/715 (2), por la que se incluyó a seis personas en el anexo III de la Decisión (PESC) 2016/849 y se las retiró de su anexo II.

(3)

Por lo tanto, procede modificar los anexos XVI y XV del Reglamento (UE) 2017/1509 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos XVI y XV del Reglamento (UE) 2017/1509 quedan modificados conforme a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de mayo de 2018.

Por el Consejo

La Presidenta

E. ZAHARIEVA

___________________

(1) DO L 224 de 31.8.2017, p. 1.

(2) Decisión (PESC) 2018/715 del Consejo, de 14 de mayo de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (véase la página 4 del presente Diario Oficial).

ANEXO

.

A. En el anexo XVI del Reglamento (UE) 2017/1509, en el epígrafe «a) Personas físicas», se añaden las menciones siguientes:

Nombre (y posibles alias)

Información de identificación

Fecha de inclusión

Exposición de motivos

«19.

KIM Il-Su

(alias KIM Il Su)

Fecha de nacimiento: 2.9.1965

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

20.

KANG Song-Sam

(alias KANG Song Sam)

Fecha de nacimiento: 5.7.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Exrepresentante autorizado de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

21.

CHOE Chun-Sik

(alias CHOE Chun Sik)

Fecha de nacimiento: 23.12.1963

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: 745132109

Válido hasta: 12.2.2020

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

22.

SIN Kyu-Nam

(alias SIN Kyu Nam)

Fecha de nacimiento: 12.9.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: PO472132950

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

23.

PAK Chun-San

(alias PAK Chun San)

Fecha de nacimiento: 18.12.1953

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Número de pasaporte: PS472220097

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang al menos hasta diciembre de 2015 y exrepresentante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

24.

SO Tong Myong

Fecha de nacimiento: 10.9.1956

3.7.2015

Presidente de la Korea National Insurance Corporation (KNIC), presidente ejecutivo del Comité de gestión de la KNIC (junio de 2012); Director general de la Korean National Insurance Corporation, septiembre de 2013, actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.»

B. En el anexo XV del Reglamento (UE) 2017/1509, en el epígrafe «c) Personas físicas designadas con arreglo al artículo 34, apartado 4, letra b)», se suprimen las menciones siguientes:

Nombre (y posibles alias)

Información identificativa

Fecha de designación

Motivos

«3.

KIM Il-Su (alias KIM Il Su)

Fecha de nacimiento: 2.9.1965

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

4.

KANG Song-Sam (alias KANG Song Sam)

Fecha de nacimiento: 5.7.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

3.7.2015

Exrepresentante autorizado de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

5.

CHOE Chun-Sik (alias CHOE Chun Sik)

Fecha de nacimiento: 23.12.1963

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Pasaporte 745132109

Válido hasta 12.2.2020

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

6.

SIN Kyu-Nam (alias SIN Kyu Nam)

Fecha de nacimiento: 12.9.1972

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Pasaporte PO472132950

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang y antiguo representante autorizado de la KNIC en Hamburgo, que actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.

7.

PAK Chun-San (alias PAK Chun San)

Fecha de nacimiento: 18.12.1953

Lugar de nacimiento: Pionyang (RPDC)

Pasaporte PS472220097

3.7.2015

Director del departamento de reaseguros de la Korea National Insurance Corporation (KNIC) destinado en la sede de Pionyang al menos hasta diciembre de 2015 y exrepresentante en jefe autorizado de la KNIC en Hamburgo, que sigue actuando para o en nombre de la KNIC, o bajo su dirección.

8.

SO Tong Myong

Fecha de nacimiento: 10.9.1956

3.7.2015

Presidente de la Korea National Insurance Corporation (KNIC), presidente ejecutivo del Comité de gestión de KNIC (junio de 2012); Director general de la Korean National Insurance Corporation, septiembre de 2013, actúa en nombre de la KNIC o bajo su dirección.»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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