Reglamento de Ejecución (UE) 2018/329 de la Comisión, de 5 de marzo de 2018, por el que se designa un centro de referencia de la Unión Europea para el bienestar de los animales.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-80430
Número oficial:
DOUE-L-2018-80430
Publicación:
06/03/2018
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 999/2001, (CE) n.o 396/2005, (CE) n.o 1069/2009, (CE) n.o 1107/2009, (UE) n.o 1151/2012, (UE) n.o 652/2014, (UE) 2016/429 y (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 1/2005 y (CE) n.o 1099/2009 del Consejo, y las Directivas 98/58/CE, 1999/74/CE, 2007/43/CE, 2008/119/CE y 2008/120/CE del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 854/2004 y (CE) n.o 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 89/608/CEE, 89/662/CEE, 90/425/CEE, 91/496/CEE, 96/23/CE, 96/93/CE y 97/78/CE del Consejo y la Decisión 92/438/CEE del Consejo (Reglamento sobre controles oficiales) (1), y en particular su artículo 95, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 95 del Reglamento (UE) 2017/625, la Comisión procedió a una convocatoria pública para la selección y la designación de un centro de referencia de la Unión Europea para el bienestar de los animales que debe dar apoyo a las actividades de la Comisión y de los Estados miembros en relación con la aplicación de las normas por las que se establecen requisitos sobre el bienestar de los animales a que se refiere el artículo 1, apartado 2, letra f), de dicho Reglamento.

(2)

El comité de evaluación y de selección nombrado para dicha convocatoria llegó a la conclusión de que el consorcio encabezado por Wageningen Livestock Research, también compuesto por la Universidad de Aarhus y el Friedrich-Loeffler-Institut, cumple los requisitos establecidos en el artículo 95, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/625, y podría ser responsable de las tareas establecidas en el artículo 96 de dicho Reglamento.

(3)

Por consiguiente, este consorcio debe ser designado como centro de referencia de la Unión Europea para el bienestar de los animales, responsable de las tareas de apoyo en la medida en que estas estén contempladas en los programas de trabajo anuales o plurianuales del centro de referencia. Los programas deben establecerse de conformidad con los objetivos y las prioridades de los pertinentes programas de trabajo aprobados por la Comisión de conformidad con el artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(4)

La designación debe revisarse cada cinco años a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento.

(5)

El presente Reglamento debe ser aplicable a partir del 29 de abril de 2018, de conformidad con la fecha de aplicación prevista en el artículo 167, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/625.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El consorcio que se indica a continuación será designado centro de referencia de la Unión Europea para el bienestar de los animales, responsable de apoyar las actividades horizontales de la Comisión y de los Estados miembros en el ámbito de los requisitos de bienestar de los animales:

Nombre:

Consorcio encabezado por Wageningen Livestock Research y compuesto también por la Universidad de Aarhus y el Friedrich-Loeffler-Institut

Dirección:

Drevendaalsesteeg 4

6708 PB Wageningen

PAÍSES BAJOS

La designación se revisará cada cinco años a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 29 de abril de 2018.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de marzo de 2018.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

_______________________

(1) DO L 95 de 7.4.2017, p. 1.

(2) Reglamento (UE) n.o 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal, y por el que se modifican las Directivas 98/56/CE, 2000/29/CE y 2008/90/CE del Consejo, los Reglamentos (CE) n.o 178/2002, (CE) n.o 882/2004, (CE) n.o 396/2005 y (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan las Decisiones 66/399/CEE, 76/894/CEE y 2009/470/CE del Consejo (DO L 189 de 27.6.2014, p. 1).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

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