Reglamento de Ejecución (UE) 2018/256 de la Comisión, de 20 de febrero de 2018, por el que se modifica por 281ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2018-80286
Número oficial:
DOUE-L-2018-80286
Publicación:
21/02/2018
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2)

El 14 de febrero de 2018, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar una entrada de la lista de personas, grupos y entidades a quienes debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de febrero de 2018.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

______________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

.

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002, la entrada «Djamel Lounici (alias Jamal Lounici). Dirección: Argelia. Fecha de nacimiento: 1.2.1962. Lugar de nacimiento: Argel, Argelia. Nacionalidad: argelina. Información complementaria: a) nombre del padre: Abdelkader; nombre de la madre: Johra Birouh; b) regresó de Italia a Argelia, donde reside desde noviembre de 2008; c) yerno de Othman Deramchi. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 16.1.2004.»

se sustituye por el texto siguiente:

«Djamel Lounici (alias Jamal Lounici). Dirección: Argelia. Fecha de nacimiento: 1.2.1962. Lugar de nacimiento: Argel, Argelia. Nacionalidad: argelina. Información complementaria: a) nombre del padre: Abdelkader; nombre de la madre: Johra Birouh; b) regresó de Francia a Argelia, donde reside desde septiembre de 2008. Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies, apartado 2, letra i): 16.1.2004.».

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