Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2384 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2017, por el que se especifican las características técnicas del módulo ad hoc de 2019 sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral en relación con la encuesta de población activa con arreglo al Reglamento (CE) n.° 577/98 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-82566
Número oficial:
DOUE-L-2017-82566
Publicación:
20/12/2017
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y en particular su artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Estrategia Europea de Empleo, las orientaciones para las políticas de empleo (2) y el pilar europeo de derechos sociales (3), en particular sus principios sobre un empleo seguro y adaptable, el equilibrio entre el trabajo y la vida privada y un entorno de trabajo adaptado, expresan la necesidad de una mayor adaptabilidad tanto de las empresas como de los trabajadores en Europa y ponen de relieve la necesidad de recoger datos mediante una encuesta europea a gran escala sobre la aplicación de diversas formas de nuevas prácticas relativas a la organización del trabajo y la distribución del tiempo de trabajo, y sobre las experiencias de los trabajadores con dichas prácticas y distribución.

(2)

El Reglamento Delegado (UE) 2016/1851 de la Comisión (4) especifica y describe los ámbitos en los que debe facilitarse información más detallada, a saber, los submódulos ad hoc, y que deben incluirse en el módulo ad hoc de 2019 sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral en relación con la encuesta de población activa con arreglo al Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo.

(3)

Por lo tanto, es preciso especificar las características técnicas, los filtros, los códigos y el plazo para la transmisión por parte de los Estados miembros de datos del módulo ad hoc sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral.

(4)

Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del presente Reglamento se establecen las características técnicas del módulo ad hoc de 2019 sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral, los filtros, los códigos que deben utilizarse y el plazo para que los Estados envíen los resultados a la Comisión.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2017.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

_____________________

(1) DO L 77 de 14.3.1998, p. 3.

(2) Decisión (UE) 2015/1848 del Consejo, de 5 de octubre de 2015, relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros para 2015 (DO L 268 de 15.10.2015, p. 28).

(3) https://ec.europa.eu/commission/priorities/deeper-and-fairer-economic-and-monetary-union/european-pillar-social-rights_es (4) Reglamento Delegado (UE) 2016/1851 de la Comisión, de 14 de junio de 2016, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc para los años 2019, 2020 y 2021 de la encuesta muestral sobre la población activa establecida en el Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo (DO L 284 de 20.10.2016, p. 1).

ANEXO

.

En el presente anexo se establecen las características técnicas, los filtros y los códigos que deben utilizarse en el módulo ad hoc sobre organización del trabajo y disposiciones relativas al horario laboral previsto para 2019. También se establecen las fechas de presentación de datos a la Comisión por parte de los Estados miembros.

Plazo de transmisión de los resultados a la Comisión: 31 de marzo de 2020.

Filtros y códigos que deben utilizarse para enviar los datos: como se establece en el anexo III del Reglamento (CE) n.o 377/2008 de la Comisión (1).

Columnas reservadas para factores facultativos de ponderación que se utilicen en casos de submuestras o de falta de respuesta: las columnas 226 a 229 contienen números enteros y las columnas 230 y 231 contienen decimales.

1) Submódulo «Flexibilidad de los horarios»

Nombre/Columna

Código

Descripción

Filtro

VARIWT

Horarios laborales variables

WSTATOR = 1, 2

211

¿Cómo se determina el comienzo y el final del horario de trabajo en la actividad principal?

1

El trabajador puede decidir completamente el horario laboral

2

El trabajador puede decidir el horario laboral con determinadas restricciones

3

El empleador o la organización deciden fundamentalmente el horario laboral

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

FREEHOUR

Posibilidad de coger horas libres

VARIWT = 2, 3, en blanco

212

Posibilidad de coger una o dos horas libres en la actividad principal por razones personales o familiares durante un día laborable

1

Muy fácil

2

Bastante fácil

3

Bastante difícil

4

Muy difícil

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

FREELEAV

Posibilidad de coger días de permiso

WSTATOR = 1, 2

213

Posibilidad de coger en la actividad principal uno o dos días de permiso con tres días laborables de antelación

1

Muy fácil

2

Bastante fácil

3

Bastante difícil

4

Muy difícil

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

FLEXWT

Flexibilidad esperada en los horarios laborales WSTATOR = 1, 2

214

Frecuencia con la que el trabajador debe enfrentarse a solicitudes imprevistas de cambio del horario laboral en la actividad principal

1

Al menos una vez por semana

2

Menos de una vez por semana, pero al menos cada mes

3

Menos que cada mes o nunca

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

AVAIFREE

Disponibilidad para trabajar durante el tiempo libre WSTATOR = 1, 2

215

El trabajador ha sido contactado durante el tiempo libre en los últimos dos meses para trabajar antes del próximo día laborable en la actividad principal

1

No ha sido contactado en los dos últimos meses

2

Ha sido contactado pocas veces

3

Ha sido contactado varias veces esperándose que trabajara antes del próximo día laborable

4

Ha sido contactado varias veces sin esperar que trabajara antes del próximo día laborable

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

2) Submódulo «Métodos de trabajo»

Nombre/Columna

Código

Descripción

Filtro

RECHOURS

Registro de presencia o de horas de trabajo STAPRO = 3

216-217

Método de registro de presencia o de horas de trabajo en la actividad principal

01

No se registra la presencia ni las horas

02

El propio trabador registra manualmente la presencia

03

Un supervisor o colega registra manualmente la presencia

04

La presencia se registra automáticamente (sistema de fichaje, en el momento de la conexión)

05

La presencia se registra con otro método

06

El propio trabador registra manualmente las horas

07

Un supervisor o colega registra manualmente las horas

08

Las horas se registran automáticamente (sistema de fichaje, en el momento de la conexión)

09

Las horas se registran con otro método

99

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

PRESSURE

Trabajar con presiones de plazos

WSTATOR = 1, 2

218

Frecuencia con la que la persona trabaja con presiones de plazos en la actividad principal

1

Siempre

2

A menudo

3

A veces

4

Nunca

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

JOBAUTON

Autonomía en el trabajo

WSTATOR = 1, 2

219-220

Posibilidad de influir en el orden y el contenido de las tareas en la actividad principal

11

Gran influencia en el orden y el contenido

12

Gran influencia en el orden y alguna en el contenido

13

Gran influencia en el orden y poca o ninguna en el contenido

21

Alguna influencia en el orden y gran influencia en el contenido

22

Alguna influencia en el orden y el contenido

23

Alguna influencia en el orden y poca o ninguna en el contenido

31

Gran influencia en el contenido y poca o ninguna en el orden

32

Alguna influencia en el contenido y poca o ninguna en el orden

33

Poca o ninguna influencia en el orden y el contenido

99

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

3) Submódulo «Lugar de trabajo»

Nombre/Columna

Código

Descripción

Filtro

PLACEWK

Lugar principal de trabajo

WSTATOR = 1, 2

221

Lugar en el que se realiza sobre todo el trabajo de la actividad principal

1

Locales de los empleadores o locales propios

2

Hogar

3

Lugar del cliente

4

Lugar no fijo (vehículo, servicio de entrega, etc.)

5

Otros

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

COMMUTM

Tiempo de desplazamiento

PLACEWK ≠ 2

222-224

Tiempo para llegar al trabajo desde casa para realizar la actividad principal (ida)

000-240

Minutos

999

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

OTHERLOC

Trabajo en otros lugares

PLACEWK = 1-5

225

Trabaja en más de un lugar en el marco de la actividad principal

1

A diario

2

No a diario pero al menos cada semana

3

Menos de una vez por semana, pero al menos cada mes

4

Menos que cada mes o nunca

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

En blanco

No sabe/No contesta

________________________

(1) Reglamento (CE) n.o 377/2008 de la Comisión, de 25 de abril de 2008, sobre la aplicación del Reglamento (CE) n.o 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, en relación con la codificación que deberá utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009, con la utilización de una submuestra para recoger los datos sobre las variables estructurales y con la definición de los trimestres de referencia (DO L 114 de 26.4.2008, p. 57).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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