Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2159 de la Comisión, de 20 de noviembre de 2017, que modifica el Reglamento (UE) n.º 255/2010 de la Comisión en lo que respecta a determinadas referencias a las disposiciones de la OACI.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-82287
Número oficial:
DOUE-L-2017-82287
Publicación:
21/11/2017
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 551/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, relativo a la organización y utilización del espacio aéreo en el cielo único europeo (Reglamento del espacio aéreo) (1), y en particular su artículo 6, apartado 7,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo del Reglamento (UE) n.o 255/2010 de la Comisión (2) remite a disposiciones establecidas en el anexo 11 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago) y, más específicamente, a su 13.a edición de julio de 2001, que incorpora la enmienda n.o 49. El 10 de noviembre de 2016, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) modificó el anexo 11 del Convenio de Chicago incorporando la enmienda n.o 50A.

(2)

El anexo del Reglamento (UE) n.o 255/2010 remite asimismo a disposiciones establecidas en el documento de la OACI «Procedimientos para los servicios de navegación aérea. Gestión del Tránsito Aéreo» (PANS-ATM, Doc. 4444), y más específicamente a la 15.a edición de 2007, que incorpora la enmienda n.o 6. El 10 de noviembre de 2016, la OACI modificó el Doc. 4444 incorporando la enmienda n.o 7A.

(3)

Es preciso, pues, actualizar las referencias del Reglamento (UE) n.o 255/2010 al anexo 11 del Convenio de Chicago y al Doc. 4444 de la OACI de modo que tengan en cuenta esas enmiendas para permitir que los Estados miembros cumplan sus obligaciones jurídicas internacionales y para garantizar la coherencia con el marco reglamentario internacional de la OACI.

(4)

Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) n.o 255/2010 en consecuencia.

(5)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Cielo Único.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del Reglamento (UE) n.o 255/2010, los puntos 1 y 2 se sustituyen por el texto siguiente:

«1. Capítulo 3, apartado 3.7.5 (Gestión de afluencia del tránsito aéreo) del anexo 11 del Convenio de Chicago — Servicios de tránsito aéreo (14ª edición de julio de 2016, que incorpora la enmienda nº 50A).

2. Capítulo 3 (Capacidad ATS y Gestión de afluencia del tránsito aéreo) del Doc. 4444 de la OACI, Procesos para los Servicios de Navegación (PANS-ATM) (16ª edición de 2016, que incorpora la enmienda nº 7A).».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2017.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

________________________

(1) DO L 96 de 31.3.2004, p. 20.

(2) Reglamento (UE) n.o 255/2010 de la Comisión, de 25 de marzo de 2010, por el que se establecen normas comunes sobre la gestión de afluencia del tránsito aéreo (DO L 80 de 26.3.2010, p. 10).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

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Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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