Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1756 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2017, que deroga el Reglamento (UE) n.° 1013/2010 por el que se establecen las normas de aplicación de la política de flotas pesqueras de la Unión definida en el capítulo III del Reglamento (CE) n.° 2371/2002 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2017-81888
Número oficial:
DOUE-L-2017-81888
Publicación:
27/09/2017
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1954/2003 y (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 2371/2002 y (CE) n.o 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 23, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Antes de la entrada en vigor del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, el ajuste de la capacidad pesquera se regía por lo establecido en el capítulo III del Reglamento (CE) n.o 2371/2002 del Consejo (2). El Reglamento (UE) n.o 1013/2010 de la Comisión (3) estableció normas de aplicación para ese capítulo en lo que se refiere a los niveles de referencia de las flotas pesqueras, el control de las entradas y salidas, la recopilación de datos, el intercambio de información y la presentación de informes anuales.

(2)

El Reglamento (CE) n.o 2371/2002 fue derogado por el Reglamento (UE) n.o 1380/2013 y el ajuste y la gestión de la capacidad pesquera están regulados en la actualidad por la parte IV del Reglamento (UE) n.o 1380/2013. En particular, los límites máximos de capacidad pesquera de los Estados miembros se establecen ahora en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, y las normas relativas a los informes anuales que deben enviar los Estados miembros, las normas sobre la gestión de las entradas en las flotas nacionales y de las salidas de las flotas nacionales, y las normas sobre la recogida y el intercambio de datos se establecen ahora, respectivamente, en el artículo 22, el artículo 23 y el artículo 24 del Reglamento (UE) n.o 1380/2013.

(3)

Como consecuencia de ello, las disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) n.o 1013/2010 quedan sustituidas por las establecidas en el Reglamento (UE) n.o 1380/2013.

(4)

Para la puesta en práctica del artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1380/2013, resulta conveniente aclarar el marco jurídico en el que se aplica dicho artículo entre todas las disposiciones obsoletas establecidas en el Reglamento (UE) n.o 1013/2010.

(5)

Por consiguiente, debe derogarse el Reglamento (UE) n.o 1013/2010 con efecto a partir de la fecha de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1380/2013.

(6)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de Pesca y Acuicultura.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Derogación

Queda derogado el Reglamento (UE) n.o 1013/2010 con efecto a partir del 1 de enero de 2014.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los diez días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de septiembre de 2017.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

______________________________

(1) DO L 354 de 28.12.2013, p. 22.

(2) Reglamento (CE) n.o 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común (DO L 358 de 31.12.2002, p. 59).

(3) Reglamento (UE) n.o 1013/2010 de la Comisión, de 10 de noviembre de 2010, por el que se establecen las normas de aplicación de la política de flotas pesqueras de la Unión definida en el capítulo III del Reglamento (CE) n.o 2371/2002 del Consejo (DO L 293 de 11.11.2010, p. 1).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida