Reglamento de Ejecución (UE) 2016/91 de la Comisión, de 26 de enero de 2016, que modifica el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo, por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-80071
Número oficial:
DOUE-L-2016-80071
Publicación:
27/01/2016
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto (1), y en particular, su artículo 19,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 19 del Reglamento (CE) n.o 2368/2002 establece una lista de autoridades comunitarias que la Comisión deberá mantener en el anexo III.

(2)

Bulgaria envió una carta a la Comisión informando de su intención de dejar de mantener una autoridad de la Unión en Bulgaria de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 2368/2002.

(3)

Procede modificar el anexo III del Reglamento (CE) n.o 2368/2002 en consecuencia.

(4)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité mencionado en el artículo 22 del Reglamento (CE) n.o 2368/2002.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (CE) n.o 2368/2002 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de enero de 2016.

Por la Comisión

Vicepresidenta

Federica MOGHERINI

__________

(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28.

ANEXO

«ANEXO III

Lista de autoridades competentes de los Estados miembros y de las tareas encomendadas a las mismas, de conformidad con las disposiciones de los artículos 2 y 19

BÉLGICA

Federale Overheidsdienst Economie, KMO, Middenstand en Energie, Dienst Vergunningen/Service Public Fédéral Economie,

PME, Classes moyennes et Energie, Service Licence,

Italiëlei 124, bus 71

B-2000 Antwerpen

Tel. (32-3) 206 94 70

Fax (32-3) 206 94 90

Correo electrónico: kpcs-belgiumdiamonds@economie.fgov.be

En Bélgica, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el tratamiento aduanero se realizarán exclusivamente en:

The Diamond Office,

Hovenierstraat 22

B-2018 Antwerpen.

CHEQUIA

En Chequia, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el tratamiento aduanero se realizarán exclusivamente en:

Generální ředitelství cel

Budějovická 7

140 96 Praha 4

Chequia

Tel. (420-2) 61 33 38 41, (420-2) 61 33 38 59, móvil (420-737) 213 793

Fax (420-2) 61 33 38 70

Correo electrónico: diamond@cs.mfcr.cz

Servicio permanente en la aduana designada-Praha Ruzyně

Tel. (420-2) 220 113 788

o (420-2) 220 119 678

ALEMANIA

En Alemania, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002, incluida la expedición de certificados comunitarios, se realizarán exclusivamente en la autoridad siguiente:

Hauptzollamt Koblenz

Zollamt Idar-Oberstein

Zertifizierungsstelle für Rohdiamanten

Hauptstraße 197

D-55743 Idar-Oberstein

Tel. (49-6781) 56 27-0

Fax (49-6781) 56 27-19

Correo electrónico: poststelle@zabir.bfinv.de

A efectos del artículo 5, apartado 3, de los artículos 6, 9 y 10, del artículo 14, apartado 3, y de los artículos 15 y 17 del Reglamento mencionado, relativos, en particular, a las obligaciones de informar a la Comisión, la autoridad alemana competente será la siguiente:

Bundesfinanzdirektion Südost

Krelingstraβe 50

D-90408 Nürnberg

Tel. (49-911) 376 3754

Fax (49-911) 376 2273

Correo electrónico: diamond.cert@bfdso.bfinv.de

PORTUGAL

Autoridade Tributária e Aduaneira

Direção de Serviços de Regulação Aduaneira

R. da Alfândega, 5

1149-006 Lisboa

Tel. +351 218813888/9

Fax +351 218813941

Correo electrónico: dsra@at.gov.pt

En Portugal, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el tratamiento aduanero se realizarán exclusivamente en:

Alfândega do Aeroporto de Lisboa

Aeroporto de Lisboa,

Terminal de Carga, Edifício 134

1750-364 Lisboa

Tel. +351 210030080

Fax +351 210037777

Dirección de correo electrónico: aalisboa-kimberley@at.gov.pt

RUMANÍA

Autoritatea Națională pentru Protecția Consumatorilor

1 Bd. Aviatorilor Nr. 72, sectorul 1 București, România

(72 Aviatorilor Bvd., sector 1, Bucarest, Rumanía)

Cod postal (código postal) 011865

Tel. (40-21) 318 46 35/312 98 90/312 12 75

Fax (40-21) 318 46 35/314 34 62

www.anpc.ro

REINO UNIDO

Government Diamond Office

Conflict Department

Room WH1.214

Foreign and Commonwealth Office

King Charles Street

London

SW1A 2AH Tel.

Tel. (44-207) 008 6903/5797

Fax (44-207) 008 3905»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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