Reglamento de Ejecución (UE) 2016/8 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, por el que se especifican las características técnicas del módulo ad hoc de 2017 sobre la actividad por cuenta propia.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-80007
Número oficial:
DOUE-L-2016-80007
Publicación:
06/01/2016
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

A fin de hacer un seguimiento de los avances hacia los objetivos comunes fijados en la Estrategia Europa 2020, los Estados miembros deben facilitar a la Comisión un conjunto completo de datos sobre el empleo por cuenta propia que permita establecer comparaciones entre Estados miembros.

(2)

El Reglamento (UE) no 318/2013 de la Comisión (2) establece un módulo ad hoc sobre la actividad por cuenta propia.

(3)

El Reglamento Delegado (UE) no 1397/2014 de la Comisión (3) establece y describe los campos de información especializada («submódulos ad hoc») que deben incluirse en el módulo ad hoc de 2017 sobre la actividad por cuenta propia.

(4)

La Comisión debe especificar las características técnicas, los filtros, los códigos y la fecha límite para la transmisión de datos con arreglo al submódulo ad hoc sobre la actividad por cuenta propia.

(5)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las características técnicas del módulo ad hoc de 2017 sobre la actividad por cuenta propia, los filtros, los códigos que deben utilizarse y la fecha límite para enviar los datos a la Comisión son los que figuran en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de enero de 2016.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

_________________________________

(1) DO L 77 de 14.3.1998, p. 3.

(2) Reglamento (UE) no 318/2013 de la Comisión, de 8 de abril de 2013, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc, que cubre los años 2016 a 2018, para la encuesta muestral de población activa establecida en el Reglamento (CE) no 577/98 (DO L 99 de 9.4.2013, p. 11).

(3) Reglamento Delegado (UE) no 1397/2014 de la Comisión, de 22 de octubre de 2014, que modifica el Reglamento (UE) no 318/2013, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc, que cubre los años 2016 a 2018, para la encuesta muestral de población activa establecida en el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo (DO L 370 de 30.12.2014, p. 42).

ANEXO

En el presente anexo se exponen las características técnicas, los filtros y los códigos que deben utilizarse en el módulo ad hoc sobre la actividad por cuenta propia previsto para 2017. También se establecen las fechas de presentación de datos a la Comisión.

Plazo de transmisión de los resultados a la Comisión:31 de marzo de 2018.

Filtros y códigos que deben utilizarse para enviar los datos: tal como se establece en el anexo III del Reglamento (CE) no 377/2008 de la Comisión (1).

Columnas reservadas para factores facultativos de ponderación que se utilicen en casos de submuestras o de falta de respuesta: las columnas 222 a 225 contienen números enteros y las columnas 226 y 227 contienen decimales.

1) Submódulo «Trabajo por cuenta propia económicamente dependiente»

Nombre/columna

Código

Descripción

Filtro

MAINCLNT

Dependencia económica

STAPRO = 1,2

211

Número e importancia de los clientes en los últimos 12 meses

1

Ningún cliente en los últimos 12 meses

2

Solo un cliente en los últimos 12 meses

3

2-9 clientes en los últimos 12 meses, pero predominaba uno

4

2-9 clientes en los últimos 12 meses, pero no predominaba ninguno

5

Más de 9 clientes en los últimos 12 meses, pero predominaba uno

6

Más de 9 clientes en los últimos 12 meses, pero no predominaba ninguno

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

WORKORG

Dependencia organizativa

STAPRO = 1,2 AND MAINCLNT ≠ 1

212

Influencia en la decisión del horario de trabajo

1

Lo decide el encuestado

2

Lo deciden el cliente o los clientes del encuestado

3

Lo decide otra parte

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

2) Submódulo «Condiciones de trabajo de los trabajadores por cuenta propia»

Nombre/columna

Código

Descripción

Filtro

REASSE

Razón principal para trabajar por cuenta propia STAPRO = 1,2 213

Razón principal para trabajar por cuenta propia cuando empezó en su trabajo actual

1

No consiguió encontrar un trabajo por cuenta ajena

2

El anterior empleador del encuestado le pidió que trabajara por cuenta propia

3

Es la práctica habitual en la actividad que realiza el encuestado

4

Se presentó una buena oportunidad

5

Para continuar con el negocio familiar

6

No tenía intención ni planes de trabajar por cuenta propia, pero empezó a hacerlo por una razón distinta de las anteriormente mencionadas

7

Quería trabajar por cuenta propia por la flexibilidad del horario de trabajo

8

Quería trabajar por cuenta propia por otro motivo

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

SEDIFFIC

Mayor inconveniente de trabajar por cuenta propia STAPRO = 1,2 214

Mayor inconveniente percibido por el trabajar por cuenta propia durante los últimos 12 meses

0

Falta de influencia en la fijación del precio del propio trabajo

1

Falta de acceso a financiación para el negocio

2

Retrasos en los pagos o impagos

3

Un nivel inadecuado de carga administrativa

4

Falta de ingresos en caso de enfermedad

5

Períodos de precariedad financiera

6

Períodos sin clientes, sin tener ningún pedido o proyecto en el que trabajar

7

Otras dificultades

8

No ha tenido dificultades

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

REASNOEM

Razón principal por la que no tiene empleados STAPRO = 2 215

Razón que considera la principal para no tener empleados

0

El encuestado desea principalmente tener trabajo para sí mismo

1

No hay suficiente trabajo

2

Es difícil encontrar personal adecuado

3

El marco jurídico es demasiado complicado

4

Cotizaciones sociales elevadas

5

En la profesión del encuestado no es posible

6

El encuestado prefiere trabajar con subcontratistas o socios

7

El cliente o los clientes quieren que el encuestado haga el trabajo

8

Otras razones

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

BPARTNER

Trabajo con socios comerciales

STAPRO = 1,2

216

Trabajo con un copropietario o en una red de otros trabajadores por cuenta propia

1

Trabaja con un copropietario

2

Trabaja con otros trabajadores por cuenta propia en una red

3

Ambas cosas

4

Ninguna de las dos cosas

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

PLANEMPL

Intención de contratar trabajadores o subcontratistas STAPRO = 1,2 217

Tiene intención de contratar o subcontratar en los próximos 12 meses

1

Tiene intención de contratar exclusivamente trabajadores fijos

2

Tiene intención de contratar exclusivamente trabajadores temporales

3

Tiene intención de contratar trabajadores tanto fijos como temporales

4

Tiene intención de contratar exclusivamente subcontratistas

5

Tiene intención de contratar tanto trabajadores como subcontratistas

6

No tiene intención de contratar ni trabajadores ni subcontratistas

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

3) Submódulo «Trabajadores por cuenta propia y trabajadores por cuenta ajena»

Nombre/columna

Código

Descripción

Filtro

JBSATISF

Satisfacción con el trabajo

WSTATOR = 1,2

218

Nivel de satisfacción laboral en el trabajo principal

1

Satisfecho en gran medida

2

Satisfecho hasta cierto punto

3

Poco satisfecho

4

Nada satisfecho

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

AUTONOMY

Autonomía en el trabajo

WSTATOR = 1,2

219

Nivel de influencia sobre el contenido y el orden de las tareas en el trabajo principal

1

Puede influir tanto en el contenido como en el orden de las tareas

2

Puede influir en el contenido, pero no en el orden de las tareas

3

Puede influir en el orden, pero no en el contenido de las tareas

4

No puede influir ni en el contenido ni en el orden de las tareas

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

PREFSTAP

Situación profesional preferida respecto al trabajo principal WSTATOR = 1,2 220

Preferencia por trabajar por cuenta ajena si actualmente trabaja por cuenta propia o viceversa

1

No desea cambiar de situación profesional

2 Trabaja por cuenta propia, pero desea trabajar por cuenta ajena

3 Trabaja por cuenta ajena o como trabajador familiar, pero desea trabajar por cuenta propia

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

OBSTACSE

Razón principal para no trabajar por cuenta propia en el trabajo principal PREFSTAP = 3 221

Razón principal por la que los actuales trabajadores por cuenta ajena o trabajadores familiares que quisieran trabajar por cuenta propia no han cambiado de situación profesional

1

Inseguridad financiera

2

Dificultades para obtener financiación para su negocio

3

Demasiado estrés, responsabilidades o riesgos

4

Menor cobertura de protección social

5

Otras razones

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

en blanco

No sabe/No contesta

______________________________

(1) Reglamento (CE) no 377/2008 de la Comisión, de 25 de abril de 2008, sobre la aplicación del Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, en relación con la codificación que deberá utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009, con la utilización de una submuestra para recoger los datos sobre las variables estructurales y con la definición de los trimestres de referencia (DO L 114 de 26.4.2008, p. 57).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

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