Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2362 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2016, por el que se rectifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073 en lo relativo al importe puesto a disposición de Francia para el reembolso de los créditos prorrogados del ejercicio financiero 2016.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2016-82470
Número oficial:
DOUE-L-2016-82470
Publicación:
22/12/2016
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 352/78, (CE) n.o 165/94, (CE) n.o 2799/98, (CE) n.o 814/2000, (CE) n.o 1290/2005 y (CE) n.o 485/2008 del Consejo (1), y en particular su artículo 26, apartado 6,

Previa consulta al Comité de los Fondos Agrícolas,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073 de la Comisión (2) establece los importes puestos a disposición de los Estados miembros para el reembolso a los perceptores finales en el ejercicio financiero 2017. Estos importes corresponden a la reducción de la disciplina financiera efectivamente aplicada por los Estados miembros en el ejercicio financiero 2016 sobre la base de las declaraciones de gastos de los Estados miembros para el período comprendido entre el 16 de octubre de 2015 y el 15 de octubre de 2016.

(2)

En el caso de Francia se produjo un error en el sistema informático de la Comisión que tramita las declaraciones de los Estados miembros a fin de fijar los importes brutos de los gastos sujetos a la disciplina financiera. De ese error se derivó un importe erróneo de la disciplina financiera aplicada y, por tanto, un error en el importe puesto a disposición para el reembolso en Francia. El error no afecta a los importes fijados para los demás Estados miembros.

(3)

Con vistas a la conformidad con la base jurídica para llevar a cabo el reembolso y con el fin de garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión, procede rectificar el importe disponible para el reembolso en Francia.

(4)

Como consecuencia de ello, el importe total de la disciplina financiera aplicada por los Estados miembros en el ejercicio financiero 2016 a que se refiere el considerando 5 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073 asciende a 433 millones EUR.

(5)

Procede, por tanto, rectificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073 en consecuencia.

(6)

Dado que la rectificación introducida por el presente Reglamento afecta a la aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073, que se aplica desde el 1 de diciembre de 2016, el presente Reglamento debe aplicarse también a partir del 1 de diciembre de 2016.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073, la entrada correspondiente a Francia se sustituye por el texto siguiente:

«Francia 88 824 479 »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2016.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 20 de diciembre de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Jerzy PLEWA

Director General

Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural

___________________________

(1) DO L 347 de 20.12.2013, p. 549.

(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2073 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2016, relativo al reembolso, con arreglo al artículo 26, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de los créditos prorrogados del ejercicio 2016 (DO L 320 de 26.11.2016, p. 25).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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