Reglamento de Ejecución (UE) 2015/459 de la Comisión, de 19 de marzo de 2015, que especifica las características técnicas del módulo ad hoc de 2016 sobre los jóvenes en el mercado laboral contemplado en el Reglamento (CE) nº 577/98 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-80523
Número oficial:
DOUE-L-2015-80523
Publicación:
20/03/2015
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo, de 9 de marzo de 1998, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 7 bis, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

Con el fin de hacer un seguimiento de los avances hacia la consecución de los objetivos comunes establecidos en la Estrategia Europa 2020 y la correspondiente iniciativa emblemática «Juventud en movimiento» (2), es necesario disponer de un conjunto completo de datos sobre los jóvenes y su transición hacia el mercado laboral que permita establecer comparaciones entre los Estados miembros.

(2)

En su Comunicación Un nuevo concepto de educación: invertir en las aptitudes para lograr mejores resultados socioeconómicos (3), la Comisión anima a los Estados miembros a introducir reformas en sus sistemas educativos, a fin de dotar a los jóvenes de las aptitudes adecuadas para poder trabajar.

(3)

En su Resolución de 27 de noviembre de 2009, relativa a un marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018) (4), el Consejo destaca la necesidad de un mayor conocimiento y comprensión de las condiciones de vida y los valores y las actitudes de los jóvenes de uno u otro sexo.

(4)

En su Recomendación de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (5), el Consejo anima a los Estados miembros a aplicar los sistemas de garantía juvenil lo antes posible, preferiblemente desde el comienzo del marco financiero plurianual de 2014-2020. Se les aconseja que para ello hagan uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, en particular el Fondo Social Europeo.

(5)

En su Comunicación Trabajar juntos por los jóvenes europeos. Un llamamiento a la acción contra el desempleo juvenil (6), la Comisión anima a los Estados miembros a que apliquen la Garantía Juvenil y a que inviertan en la juventud. Quiere fomentar servicios en línea que permitan a los jóvenes consultar anuncios de trabajo de empleadores de su propio Estado miembro y de los demás, ayudando también a las pymes a contratar a jóvenes de toda Europa.

(6)

El Reglamento (UE) no 318/2013 de la Comisión (7) establece el módulo ad hoc de 2016, sobre la situación de los jóvenes en el mercado laboral.

(7)

El Reglamento Delegado (UE) no 1397/2014 de la Comisión (8) establece y describe los campos de información especializada («submódulos ad hoc») que se incluirán en el módulo ad hoc de 2016 sobre la situación de los jóvenes en el mercado laboral.

(8)

El Reglamento (UE) no 545/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (9) dispone que la Comisión debe detallar las características técnicas, los filtros, los códigos y el plazo para la transmisión de datos en el marco de cada submódulo ad hoc citado en el considerando 7.

(9)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las características técnicas del módulo ad hoc de 2016 sobre los jóvenes en el mercado laboral, los filtros y los códigos que deben utilizarse y la fecha límite para enviar los datos a la Comisión son los que figuran en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2015.

Por la Comisión

El Presidente Jean-Claude JUNCKER

_____________________________

(1) DO L 77 de 14.3.1998, p. 3.

(2) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Juventud en Movimiento. Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea, adoptada el 15 de septiembre de 2010, COM (2010) 477 final.

(3) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Un nuevo concepto de educación: invertir en las aptitudes para lograr mejores resultados socioeconómicos, adoptada el 20 de noviembre de 2012, COM (2012) 669 final.

(4) DO C 311 de 19.12.2009, p. 1.

(5) DO C 120 de 26.4.2013, p. 1.

(6) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Trabajar juntos por los jóvenes europeos. Un llamamiento a la acción contra el desempleo juvenil, adoptada el 19 de junio de 2013, COM (2013) 447 final.

(7) Reglamento (UE) no 318/2013 de la Comisión, de 8 de abril de 2013, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc, que cubre los años 2016 a 2018, para la encuesta muestral de población activa establecida en el Reglamento (CE) no 577/98 (DO L 99 de 9.4.2013, p. 11).

(8) Reglamento Delegado (UE) no 1397/2014 de la Comisión, de 22 de octubre de 2014, que modifica el Reglamento (UE) no 318/2013, por el que se adopta el programa de módulos ad hoc, que cubre los años 2016 a 2018, para la encuesta muestral de población activa establecida en el Reglamento (CE) no 577/98 (DO L 370 de 30.12.2014, p. 42).

(9) Reglamento (UE) no 545/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se modifica el Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad (DO L 163 de 29.5.2014, p. 10).

ANEXO

En el presente anexo se exponen las características técnicas, los filtros y los códigos que deben utilizarse en el módulo ad hoc sobre los jóvenes en el mercado laboral previsto para 2016. También se establecen las fechas de presentación de datos a la Comisión.

Plazo de transmisión de los resultados a la Comisión: 31 de marzo de 2017.

Filtros y códigos que deben utilizarse para enviar los datos: los que establece el anexo III del Reglamento (CE) no 377/2008 de la Comisión (1), modificado por el anexo I del Reglamento (UE) no 317/2013 de la Comisión (2).

Columnas reservadas para factores facultativos de ponderación que se utilicen en casos de submuestras o de falta de respuesta: las columnas 228 a 231 contienen números enteros y las columnas 232 y 233 contienen decimales.

Submódulo «formación académica»

Filtro: 15≤AGE≤ 34

Nombre/columna

Código

Descripción

Filtro

WORKEXP

211

Experiencia laboral durante los estudios, HATLEVEL ≠ 000

Experiencia en trabajo remunerado o no durante el grado de educación más elevado (HATLEVEL)

1

Experiencia en trabajo remunerado y no remunerado

2

Experiencia en trabajo remunerado

3

Experiencia en trabajo no remunerado

4

Sin experiencia laboral durante el grado HATLEVEL

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

WORKSTUD

212

Aprendizaje en el trabajo

WORKEXP = 1-3

Tipo de experiencia laboral que forma parte del plan de estudios del grado de educación más elevado (HATLEVEL) 1

Aprendizaje (definición operativa de Eurostat) 2

Periodos de prácticas obligatorios

3

Formación obligatoria en el trabajo que no puede distinguirse entre 1 y 2 4

Período de prácticas opcional (parte de la educación) 5

Trabajo fuera del plan de estudios

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

ADDLEVEL

213-214

Nivel del programa de educación formal complementaria EDUCSTAT = 2

Nivel y orientación de la educación formal iniciada tras haber alcanzado el grado de educación más elevado 00

Ninguna otra educación formal iniciada tras alcanzar el grado de educación más elevado 10

CINE 1

20

CINE 2

30

CINE 3 si no puede distinguirse la orientación 34

CINE 3 general

35

CINE 3 profesional

40

CINE 4 si no puede distinguirse la orientación 44

CINE 4 general

45

CINE 4 profesional

50

CINE 5

60

CINE 6

70

CINE 7

80

CINE 8

99

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

DROPREAS

215

Motivo del abandono escolar

EDUCSTAT = 2 y ADDLEVEL ≠ 00

Motivo principal para no completar el grado de educación formal iniciado 0

Última educación formal completada

Última educación formal no completada debido a:

1

Grado de dificultad

2

Los estudios no respondían a sus necesidades o intereses 3

Costes de los estudios

4

Deseo de empezar a trabajar

5

Motivos familiares

6

Motivos de salud

7

Otros

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

LEAVDATE

216-221

Fecha de abandono de la educación formal EDUCSTAT = 2 y ADDLEVEL ≠ 00

Año y mes de abandono de la educación formal Deben introducirse los cuatro dígitos del año 9999

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Año desconocido

Deben introducirse los dos dígitos del mes 99

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Mes desconocido

NCONREAS

222

Motivo para dejar la educación

EDUCSTAT = 2 y ADDLEVEL = 00 y HATLEVEL = 000-500 Motivo principal razón para dejar la educación formal 0

El grado de educación más elevado se consideró suficiente 1

Grado de dificultad

2

Los estudios no respondían a sus necesidades o intereses 3

Costes de los estudios

4

Deseo de empezar a trabajar

5

Motivos familiares

6

Motivos de salud

7

Otros

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

Submódulo «encontrar trabajo»

Filtro: 15≤AGE≤ 34

Nombre/columna

Código

Descripción

Filtro

SUPPORT

223

Apoyo recibido para encontrar trabajo

(WSTATOR = 1,2 y STARTIME < 12) o WSTATOR = 3-5 Tipo de apoyo más útil a la hora de buscar trabajo recibido de los organismos públicos en los últimos doce meses 0

Ningún apoyo

Tipo de apoyo más útil

1

Asistencia para buscar ofertas de empleo 2

Consejo sobre cómo solicitar un empleo

3

Consejo sobre oportunidades de formación y educación 4

Acceso a un programa de trabajo

5

Acceso a un programa de educación o formación 6

Otros

7

Apoyo recibido, pero no considerado útil 8

Apoyo recibido, pero de utilidad desconocida 9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

FINDMETH

224

Método por el que ha encontrado el actual trabajo STAPRO = 3

Método utilizado para encontrar el principal trabajo actual 1

Anuncios, por cualquier canal

2

Parientes, amigos o conocidos

3

Oficina pública de empleo

4

Organismo privado de empleo

5

Organismo de educación o formación

6

Se puso en contacto directo con el empleador 7

El empleador se puso en contacto directo con la persona 8

Otro método

9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

OKLEVEL

225

Adecuación del trabajo al grado de educación WSTATOR = 1,2

Medida en la que el principal trabajo actual corresponde al grado de educación 1

El trabajo corresponde perfectamente a su educación 2

El trabajo corresponde bastante a su educación 3

El trabajo no corresponde bien a su educación 4

El trabajo no corresponde en nada a su educación 9

No aplicable (no incluido en el filtro)

Ninguno

Se desconoce

MOVE4JOB

226

Disposición a cambiar de residencia por un trabajo

Disposición a cambiar de residencia por un trabajo

1

Se ha trasladado o está dispuesto a hacerlo dentro del país

2

Se ha trasladado o está dispuesto a hacerlo en otro país de la UE

3

Se ha trasladado o está dispuesto a hacerlo fuera de la UE

4

No se ha trasladado ni está dispuesto a hacerlo Ninguno

Se desconoce

CMT4JOB

227

Disposición a desplazarse por un trabajo

Disposición a desplazarse por un trabajo 1

Se desplaza actualmente al trabajo cada día o está dispuesto a hacerlo durante más de una hora (en cada dirección) 2

No se desplaza actualmente al trabajo cada día ni está dispuesto a hacerlo durante más de una hora (en cada dirección) Ninguno

Se desconoce

________________________________________

(1) Reglamento (CE) no 377/2008 de la Comisión, de 25 de abril de 2008, sobre la aplicación del Reglamento (CE) no 577/98 del Consejo, relativo a la organización de una encuesta muestral sobre la población activa en la Comunidad, en relación con la codificación que deberá utilizarse para la transmisión de datos a partir de 2009, con la utilización de una submuestra para recoger los datos sobre las variables estructurales y con la definición de los trimestres de referencia (DO L 114 de 26.4.2008, p. 57).

(2) Reglamento (UE) no 317/2013 de la Comisión, de 8 de abril de 2013, por el que se modifican los anexos de los Reglamentos (CE) no 1983/2003, (CE) no 1738/2005, (CE) no 698/2006, (CE) no 377/2008 y (UE) no 823/2010 en lo que respecta a la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (DO L 99 de 9.4.2013, p. 1).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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