Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1426 de la Comisión, de 25 de agosto de 2015, relativo a la autorización de un preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina como aditivo en piensos para pollos de engorde, pollitas para puesta y especies menores de aves de corral para engorde o para puesta (titular de la autorización: DSM Nutritional Product).

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2015-81685
Número oficial:
DOUE-L-2015-81685
Publicación:
26/08/2015
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CE) no 1831/2003 regula la autorización de los aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.

(2)

De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1831/2003, se presentó una solicitud de autorización de un preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina. Dicha solicitud se presentó junto con la información y la documentación exigidas en el artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(3)

La solicitud se refiere a la autorización de un preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina como aditivo en piensos para pollos de engorde, pollitas para puesta y especies menores de aves de corral para engorde o para puesta, que debe clasificarse en la categoría de «aditivos zootécnicos».

(4)

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó en sus dictámenes de 7 de marzo de 2012 (2) y 28 de octubre de 2014 (3) que, en las condiciones de uso propuestas, el preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente, y que puede mejorar el índice de conversión de los pollos de engorde. También consideró que esta conclusión puede hacerse extensiva a las pollitas para puesta. Dado que el modo de acción puede considerarse similar en todas las especies de aves de corral, esta conclusión puede extrapolarse también para incluir a las especies menores de aves de corral para engorde o para puesta. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el método de análisis del aditivo en los piensos presentado por el laboratorio de referencia establecido por el Reglamento (CE) no 1831/2003.

(5)

La evaluación del preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina muestra que se cumplen las condiciones de autorización establecidas en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1831/2003. En consecuencia, procede autorizar el uso de dicho preparado, según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

(6)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se autoriza el uso como aditivo en la alimentación animal del preparado especificado en el anexo, perteneciente a la categoría «aditivos zootécnicos» y al grupo funcional «otros aditivos zootécnicos», en las condiciones establecidas en dicho anexo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de agosto de 2015.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

___________

(1) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.

(2) EFSA Journal 2012;10(3):2620.

(3) EFSA Journal 2014;12(11):3896.

ANEXO

Número de identificación del aditivo

Nombre del titular de la autorización

Aditivo

Composición, fórmula química, descripción y método analítico

Especie animal o categoría de animales

Edad máxima

Contenido mínimo

Contenido máximo

Otras disposiciones

Fin del período de autorización

mg/kg de pienso completo con un contenido de humedad del 12 %

Categoría de aditivos zootécnicos. Grupo funcional: otros aditivos zootécnicos (mejora de parámetros zootécnicos)

4d10

DSM Nutritional Products AG, representado en la UE por DSM Nutritional Products Sp. z o.o. Polonia

Preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina

Composición del aditivo

Preparado de ácido benzoico, timol, eugenol y piperina con un contenido de:

ácido benzoico del 80 % al 83 %

timol del 1 % al 1,9 %

eugenol del 0,5 % al 1 %

piperina del 0,05 % al 0,1 %

salicilato de bencilo, salicilato de isoamilo y trans-anetol ≤ 0,6 %

Caracterización de la sustancia activa

ácido benzoico (≥ 95,5 % de pureza): C7H6O2 Número CAS: 65-85-0

timol (1): C10H14O Número CAS: 89-83-8

eugenol (1): C10H12O2 Número CAS 97-53-0

piperina (1): C17H19O3 Número CAS 94-62-2

salicilato de isoamilo (1) Número CAS 87-20-7

salicilato de bencilo (1) Número CAS 118-58-1

trans-anetol (1) Número CAS 4180-23-8

Método analítico (2)

Para la determinación del ácido benzoico en el aditivo para piensos y las premezclas:

cromatografía de líquidos de alta resolución de fase reversa combinada con un detector ultravioleta (RP-HPLC-UV).

Para la determinación del ácido benzoico en los piensos compuestos:

cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas con dilución isotópica (GC-IDMS).

Para la determinación del timol, el eugenol y la piperina en el aditivo para piensos:

cromatografía de gases combinada con un detector de ionización de llama (GC-FID).

Pollos de engorde

Pollitas para puesta

Especies menores de aves de engorde y para puesta

300

1.

En las instrucciones de uso del aditivo y la premezcla, indíquense las condiciones de almacenamiento y la estabilidad de granulación.

2.

El aditivo no se usará con otras fuentes de ácido benzoico o benzoatos.

3.

Por motivos de seguridad: utilizar protección respiratoria, gafas y guantes durante la manipulación.

4.

Dosis mínima recomendada: 300 mg/kg de pienso completo

15 de septiembre de 2025

_____________

(1) JECFA, Edición en línea: «Especificaciones para aromatizantes». http://www.fao.org/ag/agn/jecfa-flav/index.html#T

(2) Puede hallarse información detallada sobre los métodos analíticos en la siguiente dirección del laboratorio de referencia: https://ec.europa.eu/jrc/en/eurl/feed-additives/evaluation-reports

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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