Reglamento (CE) nº 781/2007 de la Comisión, de 3 de julio de 2007, por el que se adapta el Reglamento (CEE) nº 2237/77, relativo a la ficha de explotación que debe utilizarse para el registro de las rentas de las explotaciones agrícolas, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumanía.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-81206
Número oficial:
DOUE-L-2007-81206
Publicación:
04/07/2007
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado de adhesión de Bulgaria y de Rumanía,

Vista el Acta de adhesión de Bulgaria y de Rumanía y, en particular, su artículo 56,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CEE) no 2237/77 de la Comisión (1) fija el contenido de la ficha de explotación que debe utilizarse.

(2) Debido a la adhesión de Bulgaria y Rumanía, esa ficha debe adaptarse en lo que se refiere a la información sobre el régimen de IVA.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo II del Reglamento (CEE) no 2237/77, el texto del punto 107 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Se aplicará a partir del ejercicio contable de 2007, que se iniciará durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 1 de julio de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de julio de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

____________________________________

(1) DO L 263 de 17.10.1977, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1861/2006 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 33).

ANEXO

«107. Régimen de IVA

El régimen de IVA (número de orden 400) al que esté sometida la explotación se indicará mediante el número de código correspondiente de la lista siguiente:

Número de orden

400

Código

BÉLGICA

Régime normal obligatoire 1

Régime normal sur option 2

Régime agricole 3

BULGARIA

Exento 1

Registrado 2

REPÚBLICA CHECA

Registrado 1

DINAMARCA

Moms (= normal) 1

ALEMANIA

Pauschalierender Betrieb 1

Optierender Betrieb 2

Getränke erzeugender Betrieb 3

Betrieb mit Kleinumsatz 4

ESTONIA

Normal 1

Especial 2

IRLANDA

Agricultural 1

Registered (= normal) 2

GRECIA

Régimen normal 1

Régimen agrario 2

ESPAÑA

Régimen normal 1

Régimen simplificado 2

Régimen agrario 3

FRANCIA

TVA sur option avec autorisation pour animaux vivants 2

Remboursement forfaitaire 3

ITALIA

Regime esonerato 1

Regime speciale agricolo 2

Regime normale 3

CHIPRE

Régimen normal 1

Régimen agrario 2

IVA no aplicable 3

Número de orden

400

Código

LETONIA

Régimen normal 1

Régimen agrario 2

LITUANIA

Régimen normal 1

Régimen especial 2

LUXEMBURGO

Régime normal obligatoire 1

Régime normal sur option 2

Régime forfaitaire de l'agriculture 3

HUNGRÍA

Régimen normal 1

Régimen agrario 2

MALTA

Régimen normal 1

PAÍSES BAJOS

Algemene regeling verplicht 1

Algemene regeling op aanvraag 2

Landbouwregeling 3

AUSTRIA

Pauschalierender Betrieb 1

Optierender Betrieb 2

POLONIA

Régimen normal 1

Régimen agrario 2

PORTUGAL

Régimen agrario 1

Régimen normal 2

RUMANÍA

Régimen normal 1

Régimen especial 2

Pequeñas explotaciones 3

ESLOVENIA

Régimen normal 1

Régimen agrario 2

ESLOVAQUIA

Registrado 1

Exento 2

FINLANDIA

Régimen normal 1

SUECIA

Régimen normal 1

REINO UNIDO

Exempt 1

Registered 2

Subdivisión del régimen de IVA (solo en España, Francia, Italia, Hungría y Polonia)

Número de orden 401

ESPAÑA

Cuando se apliquen dos regímenes diferentes en

la explotación, indíquese el código del régimen de

IVA menos importante (entre los utilizados para

el número de orden 400)

FRANCIA

Sans TVA obligatoire sur activités connexes 0

Avec TVA obligatoire sur activités connexes 1

ITALIA

Régimen de IVA para el agroturismo (“agriturismo”)

como actividad secundaria

Regime speciale agriturismo 1

Regime normale agriturismo 2

HUNGRÍA

Cuando se apliquen dos regímenes diferentes en

la explotación, indíquese el código del régimen de

IVA menos importante (entre los utilizados para

el número de orden 400)

POLONIA

Cuando se apliquen dos regímenes diferentes en

la explotación, indíquese el código del régimen de

IVA menos importante (entre los utilizados para

el número de orden 400)»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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