Reglamento (CE) nº 601/2005 de la Comisión, de 18 de abril de 2005, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) nº 866/2004 del Consejo sobre un régimen conforme al artículo 2 del Protocolo nº 10 del Acta de adhesión.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-80666
Número oficial:
DOUE-L-2005-80666
Publicación:
19/04/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Protocolo nº 10 sobre Chipre del Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República Checa, de la República de Estonia, de la República de Chipre, de la República de Letonia, de la República de Lituania, de la República de Hungría, de la República de Malta, de la República de Polonia, de la República de Eslovenia y de la República Eslovaca, y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión (1),

Visto el Reglamento (CE) nº 866/2004 del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre un régimen conforme al artículo 2 del Protocolo no 10 del Acta de adhesión (2), y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) nº 866/2004 figura una lista de puntos de cruce en los que las personas y mercancías pueden cruzar la línea entre las zonas que están bajo el control efectivo del Gobierno de la República de Chipre y las zonas en las que el Gobierno de la República de Chipre no ejerce el control efectivo.

(2) Tras alcanzar un acuerdo sobre la apertura de nuevos puntos de cruce en Zodia y Ledra Street es necesario adaptar el anexo I.

(3) El Gobierno de la República de Chipre dio su aprobación a esta adaptación.

(4) La Cámara de Comercio turcochipriota fue consultada a este respecto.

HA ADOPTADO EL SIGUIENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) nº 866/2004 se sustituirá por el texto siguiente:

«ANEXO I

Lista de los puntos de cruce mencionados en el artículo 2, apartado 4

— Agios Dhometios

— Ledra Palace

— Ledra Street

— Zodia».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2005.

Por la Comisión

Olli REHN

Miembro de la Comisión

______________________________

(1) DO L 236 de 23.9.2003, p. 955.

(2) DO L 161 de 30.4.2004, p. 128.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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