Reglamento (CE) nº 201/2007 de la Comisión, de 23 de febrero de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 1183/2005 del Consejo, por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-80261
Número oficial:
DOUE-L-2007-80261
Publicación:
27/02/2007
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1183/2005 del Consejo, de 18 de julio de 2005, por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 1183/2005 se enumeran las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos contemplado en dicho Reglamento.

(2) El 6 de febrero de 2007 el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas modificó la lista de personas naturales y jurídicas, entidades y organismos a los que debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos. Por lo tanto, el anexo I debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 1183/2005 queda modificado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 23 de febrero de 2007.

Por la Comisión

Eneko LANDÁBURU

Director General de Relaciones Exteriores

___________________

(1) DO L 193 de 23.7.2005, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1791/2006 (DO L 363 de 20.12.2006, p. 1).

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) no 1183/2005 queda modificado como sigue:

1) La entrada «Khawa Panga Mandro [alias a) Kawa Panga, b) Kawa Panga Mandro, c) Kawa Mandro, d) Yves Andoul Karim, e) Chief Kahwa, f) Kawa]. Fecha de nacimiento: 20.8.1973. Lugar de nacimiento: Bunia, República Democrática del Congo. Nacionalidad: congolesa. Información adicional: expresidente del PUSIC. Encarcelado en Bunia desde abril de 2005.» se sustituye por el texto siguiente:

«Khawa Panga Mandro [alias a) Kawa Panga, b) Kawa Panga Mandro, c) Kawa Mandro, d) Yves Andoul Karim, e) Chief Kahwa, f) Kawag, g) Mandro Panga Kahwa, h) Yves Khawa Panga Mandro]. Fecha de nacimiento: 20.8.1973. Lugar de nacimiento: Bunia, República Democrática del Congo. Nacionalidad: congoleña. Información adicional: ex Presidente del Partido para la Unidad y la Salvaguardia de la Integridad del Congo (PUSIC). Encarcelado en Bunia desde abril de 2005.».

2) La entrada «Douglas Mpano Nacionalidad: congolesa. Información adicional: establecido en Goma. Directivo de la Compañía Aérea de los Grandes Lagos (Compagnie Aérienne des Grands Lacs) y de la Great Lakes Business Company.» se sustituye por el texto siguiente:

«Iruta Douglas Mpamo [alias a) Mpano, b) Douglas Iruta Mpamo]. Dirección: Bld Kanyamuhanga 52, Goma, RDC. Fecha de nacimiento: a) 28.12.1965, b) 29.12.1965. Lugar de nacimiento: a) Bashali, Masisi [en relación con la fecha de nacimiento a)]; b) Goma, República Democrática del Congo (antiguo Zaire) [en relación con la fecha de nacimiento b)]. Nacionalidad: congoleña. Información adicional: Propietario/Director de la Compagnie Aérienne des Grands Lacs y de la Great Lakes Business Company.».

3) La entrada «Dr Ignace Murwanashyaka (alias Ignace). Fecha de nacimiento: 14.5.1963. Lugar de nacimiento: Butera, Ruanda. Nacionalidad: ruandesa. Información adicional: presidente del FDLR. Residente en Alemania.»se sustituye por el texto siguiente:

«Dr Ignace Murwanashyaka (alias Ignace). Fecha de nacimiento: 14.5.1963. Lugar de nacimiento: a) Butera, Ruanda; b) Ngoma, Butare, Ruanda. Nacionalidad: ruandesa. Información adicional: Presidente de las Fuerzas Democráticas para la Liberación de Ruanda (FDLR). Residente en Alemania.».

4) La entrada «Laurent Nkunda [alias a) Laurent Nkunda Bwatare, b) Laurent Nkundabatware, c) Laurent Nkunda Mahoro Batware, d) General Nkunda]. Fecha de nacimiento: 6.2.1967. Lugar de nacimiento: Kivu norte/Rutshuru, República Democrática del Congo. Nacionalidad: congolesa. Información adicional: antiguo general RCD-G. En la actualidad no está localizado. Se le ha visto en Ruanda y Goma» se sustituye por el texto siguiente:

«Laurent Nkunda [alias a) Laurent Nkunda Bwatare, b) Laurent Nkundabatware, c) Laurent Nkunda Mahoro Batware, d) Laurent Nkunda Batware, e) General Nkunda]. Fecha de nacimiento: a) 6.2.1967, b) 2.2.1967. Lugar de nacimiento: Kivu Norte/Rutshuru, República Democrática del Congo [en relación con la fecha de nacimiento a)]. Nacionalidad: congoleña. Información adicional: ex general de la Coalición Congoleña para la Democracia de Goma [Rassemblement congolais pour la démocratie (RCD-G)]. Fundador del Congreso Nacional para la Defensa del Pueblo, 2006. Oficial de alto rango en la Coalición Congoleña para la Democracia de Goma (RDC-G), 1998-2006. Oficial del Frente Patriótico Ruandés (FPR) 1992-1998. Actualmente en paradero desconocido. Ha sido visto en Ruanda y en Goma.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

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