Reglamento (CE) nº 198/2008 de la Comisión, de 3 de marzo de 2008, por el que se modifica por nonagésimosegunda vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2008-80411
Número oficial:
DOUE-L-2008-80411
Publicación:
04/03/2008
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, primer guión,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) nº 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta el bloqueo de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.

(2) El día 20 de febrero de 2008, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta el bloqueo de fondos y recursos económicos. Por lo tanto, es preciso modificar en consecuencia el anexo I.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) nº 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de marzo de 2008.

Por la Comisión

Eneko LANDÁBURU

Director General de Relaciones Exteriores

___________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9. Reglamento modificado

en último lugar por el Reglamento (CE) nº 59/2008 de la

Comisión (DO L 22 de 25.1.2008, p. 4).

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) nº 881/2002 queda modificado como sigue:

(1) La entrada «Grupo Islámico Jihad (alias: a) Jama’at al-Jihad, b) Sociedad Libia, c) Kazakh Jama’at, d) Jamaat Mojahedin, e) Jamiyat, f) Jamiat al-Jihad al-Islami, g) Dzhamaat Modzhakhedov, h) Grupo Islámico Jihad de Uzbekistán, i) alDjihad al-Islami, j) Zamaat Modzhakhedov Tsentralnoy Asii)» del epígrape «Personas jurídicas, grupos y entidades» se sustituye por el texto siguiente:

«Grupo Islámico Jihad (alias: a) Jama’at al-Jihad, b) Sociedad Libia, c) Kazakh Jama’at, d) Jamaat Mojahedin, e) Jamiyat, f) Jamiat al-Jihad al-Islami, g) Dzhamaat Modzhakhedov, h) Grupo Islámico Jihad de Uzbekistán, i) al-Djihad al-Islami, j) Zamaat Modzhakhedov Tsentralnoy Asii, (k) Unión de la Jihad Islámica).»

(2) La entrada «Fahd Muhammad ‘Abd Al-‘Aziz Al-Khashiban (alias: a) Fahad H. A. Khashayban, b) Fahad H. A. alKhashiban, c) Fahad H. A. Kheshaiban, d) Fahad H. A. Kheshayban, e) Fahad H. A. al-Khosiban, f) Fahad H. A. Khasiban, g) Fahd Muhammad ‘Abd Al-‘Aziz al-Khashayban h) Fahd Muhammad’ Abd al-‘Aziz al-Khushayban, i) Fahad al-Khashiban, j) Fahd Khushaiban, k) Fahad Muhammad A. al-Khoshiban, l) Fahad Mohammad A. alKhoshiban, m) Abu Thabit, n) Shaykh Abu Thabit, o) Shaykh Thabet, p) Abu Abdur Rahman, q) Abdur Abu Rahman). Fecha de nacimiento: 16.10.1966. Lugar de nacimiento: ‘Aniza, Arabia Saudí. Información adicional: Participa en la financiación y proporciona diversos tipos de ayuda al movimiento Abu Sayyab», del epígrafe «Personas físicas», se sustituye por el texto siguiente:

«Fahd Muhammad ‘Abd Al-‘Aziz Al-Khashiban (alias: a) Fahad H. A. Khashayban, b) Fahad H. A. al-Khashiban, c) Fahad H. A. Kheshaiban, d) Fahad H. A. Kheshayban, e) Fahad H. A. al-Khosiban, f) Fahad H. A. Khasiban, g) Fahd Muhammad ‘Abd Al-‘Aziz al-Khashayban h) Fahd Muhammad’ Abd al-‘Aziz al-Khushayban, i) Fahad al-Khashiban, j) Fahd Khushaiban, k) Fahad Muhammad A. al-Khoshiban, l) Fahad Mohammad A. al-Khoshiban, m) Fahad Mohammad Abdulaziz Alkhoshiban, n) Abu Thabit, o) Shaykh Abu Thabit, p) Shaykh Thabet, q) Abu Abdur Rahman, r) Abdur Abu Rahman). Fecha de nacimiento: 16.10.1966. Lugar de nacimiento: Oneiza, Arabia Saudí.

Pasaporte nº: G477835 (expedido el 26.6.2006, expira el 3.5.2011). Nacionalidad: saudí. Información adicional: Participa en la financiación y proporciona diversos tipos de ayuda al movimiento Abu Sayyab.»

(3) La entrada «Abdul Rahim Al-Talhi (alias: a) ‘Abdul-Rahim Hammad al-Talhi, b) Abd’ Al-Rahim Hamad al-Tahi, c) Abdulrheem Hammad A Altalhi, d) Abe Al-Rahim al-Talahi, e) Abd Al-Rahim Al Tahli, f) ‘Abd al-Rahim al-Talhi, g) Abdulrahim Al Tahi, h) Abdulrahim al-Talji, i) ‘Abd-Al-Rahim al Talji, j) Abdul Rahim, k) Abu Al Bara’a Al Naji, l) Shuwayb Junayd. Dirección: Buraydah, Arabia Saudí. Fecha de nacimiento: 8.12.1961. Lugar de nacimiento: Al-Taif, Arabia Saudí. Pasaporte no: F275043, expedido el 29.5.2004, expira el 5.4.2009. Nacionalidad: saudí. Información adicional: Participa en la financiación y proporciona armas y diversos tipos de ayuda al movimiento Abu Sayyab», del epígrafe «Personas físicas», se sustituye por el texto siguiente:

«Abdul Rahim Al-Talhi (alias: a) ‘Abdul-Rahim Hammad al-Talhi, b) Abd’ Al-Rahim Hamad al-Tahi, c) Abdulrheem Hammad A Altalhi, d) Abe Al-Rahim al-Talahi, e) Abd Al-Rahim Al Tahli, f) ‘Abd al-Rahim al-Talhi, g) Abdulrahim Al Tahi, h) Abdulrahim al-Talji, i) ‘Abd-Al-Rahim al Talji, j) Abdul Rahim Hammad Ahmad Al-Talhi, k) Abdul Rahim, l) Abu Al Bara’a Al Naji, m) Shuwayb Junayd. Dirección: Buraydah, Arabia Saudí. Fecha de nacimiento: 8.12.1961. Lugar de nacimiento: Al-Shefa, Al-Taif, Arabia Saudí. Pasaporte no: F275043 (expedido el 29.5.2004, expira el 5.4.2009). Nacionalidad: saudí. Información adicional: Participa en la financiación y proporciona armas y diversos tipos de ayuda al movimiento Abu Sayyab.»

(4) La entrada «Muhammad ‘Abdallah Salih Sughayr (alias: a) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Sughayir, b) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Sughaier, c) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Sughayer, d) Mohd Al-Saghir, e) Muhammad AlSugayer, f) Muhammad ‘Abdallah Salih Al-Sughair, g) Muhammad ‘Abdallah Salih Al-Sugair, h) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Suqayr, i) Abu Bakr, j) Abu Abdullah. Fecha de nacimiento: a) 20.8.1972, b) 10.8.1972. Lugar de nacimiento: Al-Karawiya, Arabia Saudí. Información adicional: Participa en la financiación y proporciona armas, reclutas y ayuda en general al movimiento Abu Sayyab», del epígrafe «Personas físicas», se sustituye por el texto siguiente:

«Muhammad ‘Abdallah Salih Sughayr (alias: a) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Sughayir, b) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Sughaier, c) Muhammad’ Abdallah Salih Al-Sughayer, d) Mohd Al-Saghir, e) Muhammad Al-Sugayer, f) Muhammad ‘Abdallah Salih Al-Sughair, g) Muhammad ‘Abdallah Salih Al-Sugair, h) Muhammad ‘Abdallah Salih AlSuqayr, i) Mohammad Abdullah S Ssughayer, j) Abu Bakr, k) Abu Abdullah. Fecha de nacimiento: a) 20.8.1972, b) 10.8.1972. Lugar de nacimiento: Al-Karawiya, Oneiza, Arabia Saudí. Pasaporte no: E864131 (expedido el 30.12.2001, expiró el 6.11.2006). Nacionalidad: saudí. Información adicional: Participa en la financiación y proporciona armas, reclutas y ayuda en general al movimiento Abu Sayyab.»

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

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Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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