Reglamento (CE) nº 1804/2005 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2005, que modifica el Reglamento (CEE) nº 2807/83 por el que se definen las modalidades particulares del registro de los datos relativos a las capturas de pescado por los Estados miembros.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-82208
Número oficial:
DOUE-L-2005-82208
Publicación:
04/11/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2371/2002 del Consejo (1), de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, y, en particular, su artículo 22, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1954/2003 del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, sobre la gestión del esfuerzo pesquero en lo que respecta a determinadas zonas y recursos pesqueros comunitarios, por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2847/93 y se derogan los Reglamentos (CE) no 685/95 y (CE) no 2027/95 (2), establece los criterios y procedimientos de un régimen de gestión del esfuerzo pesquero en las aguas occidentales.

(2) El Reglamento (CE) no 1415/2004 del Consejo, de 19 de julio de 2004, por el que se fija el esfuerzo pesquero máximo anual para determinadas zonas de pesca y pesquerías (3), establece el esfuerzo pesquero máximo anual para cada Estado miembro y para cada zona y pesquería definidas en los artículos 3 y 6 del Reglamento (CE) no 1954/2003.

(3) El Reglamento (CEE) no 2807/83 de la Comisión, de 22 de septiembre de 1983, por el que se definen las modalidades particulares del registro de los datos relativos a las capturas de pescado por los Estados miembros (4), ya no se ajusta a los Reglamentos (CE) no 1954/2003 y (CE) no 1415/2004 en lo que respecta a las aguas occidentales. Procede, pues, modificar el anexo VI bis del Reglamento (CE) no 2807/83 de forma que recoja las nuevas disposiciones.

(4) El Reglamento (CE) no 779/97 del Consejo (5), de 24 de abril de 1997, estableció las disposiciones de un régimen de gestión del esfuerzo pesquero en el Mar Báltico. Las obligaciones vigentes relativas al registro del esfuerzo pesquero en el Mar Báltico deben permanecer en vigor.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la pesca y de la acuicultura.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo VI bis del Reglamento (CEE) no 2807/83 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 2005.

Por la Comisión

Joe BORG

Miembro de la Comisión

____________________

(1) DO L 358 de 20.12.2002, p. 59.

(2) DO L 289 de 7.11.2003, p. 1.

(3) DO L 258 de 19.7.2004, p. 1.

(4) DO L 276 de 10.10.1983, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1965/2001 (DO L 268 de 9.10.2001, p. 23).

(5) DO L 113 de 30.4.1997, p. 1.

ANEXO

«ANEXO VI bis

Cuadro 1

ESFUERZO PESQUERO — AGUAS OCCIDENTALES — Reglamento (CE) no 1954/2003 del Consejo Pesca

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 11

Cuadro 2

ESFUERZO PESQUERO — MAR BÁLTICO — Reglamento (CE) no 779/97 del Consejo

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 11

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Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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