Reglamento (CE) nº 177/2004 de la Comisión, de 30 de enero de 2004, por el que se fija, para la campaña 2004/05, la ayuda para los tomates destinados a la transformación en el ámbito del Reglamento (CE) nº 2201/96 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-80152
Número oficial:
DOUE-L-2004-80152
Publicación:
31/01/2004
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 2201/96 del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas (1) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 3 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 1535/2003 de la Comisión, de 29 de agosto de 2003, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n° 2201/96 del Consejo en lo relativo al régimen de ayuda en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas (2), prevé la publicación por la Comisión del importe de la ayuda que debe aplicarse, en particular a los tomates, previa verificación del cumplimiento de los umbrales fijados en el anexo III del Reglamento (CE) n° 2201/96.

(2) El apartado 2 del artículo 5 del Reglamento (CE) n° 2201/96 dispone que el rebasamiento del umbral se calcula comparándolo con la media de las cantidades transformadas con ayuda durante las tres campañas anteriores a aquella en la que deba fijarse la ayuda.

(3) La media de las cantidades de tomates entregadas para transformación con ayuda en las campañas 2001/02, 2002/03 y 2003/04, notificadas por los Estados miembros, supera en 196004 toneladas el umbral comunitario. La ayuda de la campaña 2004/05 no puede mantenerse pues en el nivel fijado en el apartado 2 del artículo 4 del Reglamento (CE) n° 2201/96 sino que debe modificarse con arreglo a ello.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los productos transformados a base de frutas y hortalizas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En la campaña 2004/05, la ayuda para los tomates a que se refiere el artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2201/96 será de:

- 34,50 euros/tonelada en Grecia, Francia, Italia y Portugal,

- 34,50 euros/tonelada en España, para los tomates destinados a la producción de tomates pelados enteros,

- 29,36 euros/tonelada en España, para los tomates destinados a la transformación en productos distintos de los tomates pelados enteros.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 2004.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

________

(1) DO L 297 de 21.11.1996, p. 29; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 453/2002 de la Comisión (DO L 72 de 14.3.2002, p. 9).

(2) DO L 218 de 30.8.2003, p. 14.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €