Reglamento (CE) nº 1665/2005 de la Comisión, de 12 de octubre de 2005, que modifica el Reglamento (CE) nº 314/2002, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de cuotas en el sector del azúcar.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81957
Número oficial:
DOUE-L-2005-81957
Publicación:
13/10/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 8,

Considerando lo siguiente:

(1) En el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 314/2002 de la Comisión (2) se establece el método para calcular la cantidad de azúcar, isoglucosa y jarabe de inulina comercializadas para el consumo en la Comunidad, contemplada en el artículo 15 del Reglamento (CE) nº 1260/2001.

(2) En aras de la transparencia y la claridad, conviene precisar algunos puntos del cálculo y, sobre todo, tener en cuenta las existencias excedentarias fijadas en el artículo 1 del Reglamento (CE) nº 832/2005 de la Comisión, de 31 de mayo de 2005, relativo a la determinación de las cantidades excedentes de azúcar, isoglucosa y fructosa para la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia (3).

(3) También conviene tener en cuenta las existencias de intervención para evaluar las existencias de comienzo y final de campaña y las cantidades de azúcar disponibles en el mercado comunitario.

(4) Por consiguiente, resulta necesario modificar el Reglamento (CE) nº 314/2002.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 6 del Reglamento (CE) nº 314/2002 queda modificado como sigue:

1) El apartado 4 se modifica como sigue:

a) el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Las cantidades indicadas en las letras c) y d) del párrafo primero y en las letras a) y b) del párrafo segundo se extraerán de las bases de datos de Eurostat o de fuentes de información alternativas y, a falta de datos completos de una campaña dada, se referirán a los doce últimos meses disponibles. No se contabilizarán las cantidades sujetas al régimen de perfeccionamiento activo o de perfeccionamiento pasivo.»;

b) se añade el párrafo siguiente:

«Las cantidades indicadas en la letra a) del párrafo primero y en la letra c) del párrafo segundo incluyen las cantidades excedentarias fijadas en el artículo 1 del Reglamento (CE) nº 832/2005 de la Comisión (*) y las existencias de intervención constituidas en aplicación del artículo 7 del Reglamento (CE) nº 1260/2001.

___________

(*) DO L 138 de 1.6.2005, p. 3.».

2) El apartado 5 se modifica como sigue:

a) en el párrafo primero, se añaden las letras d) y e) siguientes:

«d) las cantidades de productos de base expresados en azúcar blanco para las cuales se hayan expedido títulos de restitución a la producción en virtud del artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 1260/2001 durante dicha campaña;

e) la ayuda alimentaria.»;

b) se suprime el párrafo segundo.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

__________________________________

(1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

(2) DO L 50 de 21.2.2002, p. 40. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 38/2004 (DO L 6 de 10.1.2004, p. 13).

(3) DO L 138 de 1.6.2005, p. 3.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de octubre de 2005.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €