Reglamento (CE) nº 1498/2005 de la Comisión, de 15 de septiembre de 2005, que modifica el Reglamento (CE) nº 1262/2001 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1260/2001 del Consejo en lo que respecta a la compra y venta de azúcar por los organismos de intervención.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81777
Número oficial:
DOUE-L-2005-81777
Publicación:
16/09/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 1260/2001 del Consejo, de 19 de junio de 2001, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con el artículo 18, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1262/2001 de la Comisión (2), el organismo de intervención puede exigir que el azúcar ofrecido a la intervención se entregue en sacos de yute nuevos con una bolsa interior de polietileno.

(2) Han aparecido nuevos tipos de acondicionamiento para alimentos durante los últimos años. El organismo de intervención que exija algunos de esos nuevos tipos de acondicionamiento debe exigir que el mismo se ajuste a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004, sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y por el que se derogan las Directivas 80/590/CEE y 89/109/CEE (3).

(3) En consecuencia, procede modificar el Reglamento (CE) nº 1262/2001.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del azúcar.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El artículo 18, apartado 2, párrafo segundo, del Reglamento (CE) nº 1262/2001 se sustituye por el texto siguiente:

«El organismo de intervención que exija o acepte que el azúcar comprado se entregue en tipos de acondicionamiento distintos de los contemplados en el párrafo primero exigirá que dicho acondicionamiento cumpla los requisitos dispuestos en el Reglamento (CE) nº 1935/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (*). El organismo de intervención podrá especificar una calidad particular de acondicionamiento.

___________

(*) DO L 338 de 13.11.2004, p. 4.»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 15 de septiembre de 2005.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

_________________________________

(1) DO L 178 de 30.6.2001, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) nº 39/2004 de la Comisión (DO L 6 de 10.1.2004, p. 16).

(2) DO L 178 de 30.6.2001, p. 48.

(3) DO L 338 de 13.11.2004, p. 4.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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