Reglamento (CE) nº 1465/2007 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2007, por el que se modifica el anexo V del Reglamento (CE) nº 752/2007 del Consejo en lo que se refiere a los límites cuantitativos de determinados productos siderúrgicos procedentes de Ucrania.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-82277
Número oficial:
DOUE-L-2007-82277
Publicación:
13/12/2007
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 752/2007 del Consejo, de 30 de mayo de 2007, relativo a la gestión de determinadas restricciones a la importación de determinados productos siderúrgicos de Ucrania (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de junio de 2007 (2), la Comunidad Europea y el Gobierno de Ucrania firmaron un acuerdo sobre el comercio de determinados productos siderúrgicos («el Acuerdo»).

(2) En el artículo 10, apartado 1, del Acuerdo se establece que el mismo se considerará prorrogado anualmente de forma automática si ninguna de las Partes contratantes lo denuncia por escrito a la otra Parte al menos seis meses antes de su expiración y que, con cada prórroga anual, las cantidades de cada grupo de productos se incrementarán en un 2,5 %.

(3) Ucrania no ha notificado a la Comunidad su deseo de denunciar el Acuerdo. Por tanto, éste se prorrogará automáticamente y las cantidades de cada grupo de productos aumentarán en un 2,5 %.

(4) Por tanto, el Reglamento (CE) no 752/2007 debe modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los límites cuantitativos correspondientes a 2007 establecidos en el anexo V del Reglamento (CE) no 752/2007 se sustituyen por los correspondientes a 2008 establecidos en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2008.

Será publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 12 de diciembre de 2007.

Por la Comisión

Peter MANDELSON

Miembro de la Comisión

ANEXO

LÍMITES CUANTITATIVOS CORRESPONDIENTES A 2008

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 7

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €