Reglamento (CE) nº 14/2005 de la Comisión, de 5 de enero de 2005, que modifica por 42ª vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 467/2001 del Consejo.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-80012
Número oficial:
DOUE-L-2005-80012
Publicación:
07/01/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán (1), y, en particular, el primer guión del apartado 1 de su artículo 7, Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme al mismo Reglamento.

(2) Los días 22 y 23 de diciembre de 2004 el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los cuales se aplicará el bloqueo de capitales y recursos económicos. Por consiguiente, el anexo I debe ser modificado en consecuencia.

(3) Para que las medidas dispuestas en el presente Reglamento sean eficaces, éste debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 se modificará de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de enero de 2005.

Por la Comisión

Benita FERRERO-WALDNER

Miembro de la Comisión

____________________________________________

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2145/2004 (DO L 370 de 17.12.2004, p. 6).

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 se modificará como sigue:

1) Se suprimirá la entrada siguiente del epígrafe «Personas físicas»:

«Shadi Mohamed Mustafa Abdalla [alias a) Emad Abdelhadie, nacido el 27.9.1976 en Alhamza; b) Shadi Mohammed Mustafa Abdalla, nacido el 27.9.1976 en Irbid; c) Shadi Abdallha, nacido el 27.9.1976 en Irbid, Jordania; d) Shadi Abdallah, nacido el 27.9.1976 en Irbid; e) Emad Abdekhadie, nacido el 27.9.1976 en Athamse; f) Zidan Emad Abdelhadie, nacido el 27.9.1976 en Alhamza; g) (utilizado en Bélgica) Shadi Mohammed Mostafa Hasan, nacido el 27.9.1976 en Beje, Iraq; h) Zidan; i) Zaidan; j) Al Hut (en español: “el tiburón”); k) Emad Al Sitawi]. Dirección: rue de Pavie 42, 1000 Bruselas, Bélgica. Fecha de nacimiento: 27.9.1976. Lugar de nacimiento: Irbid, Jordania. Nacionalidad: jordano de origen palestino. Número de pasaporte: a) pasaporte jordano no D 862 663, expedido en Irgid, Jordania, el 10.8.1993; b) pasaporte jordano no H 641 183, expedido en Irgid, Jordania, el 17.4.2002; c) documento alemán de viaje internacional no 0770479, expedido en Dortmund, Alemania, el 16.2.1998. Información complementaria: a) nombre del padre: Mohamed Abdalla; b) nombre de la madre: Jawaher Abdalla, nombre de soltera Almadaneie; c) condenado y encarcelado en Alemania.».

2) Se añadirán las entradas siguientes en el epígrafe «Personas físicas»:

«a) Saad Rashed Mohammad Al-Faqih [alias a) Abu Uthman Sa’d Al-Faqih, b) Sa’ad Al-Faqih, c) Saad Alfagih, d) Sa’d Al-Faqi, e) Saad Al-Faqih, f) Saad Al Faqih, g) Saad Al-Fagih, h) Saad Al-Fakih]. Titulación: doctor. Dirección: Londres, Reino Unido. Fecha de nacimiento: 1.2.1957. Lugar de nacimiento: Zubair, Iraq. Nacionalidad: saudí.

b) Adel Abdul Jalil Batterjee [alias a) ‘Adil Al-Battarjee, b) Adel Batterjee, c) ‘Adil ‘Abd al Jalil Batarji]. Dirección: 2 Helmi Kutbi Street, Jeddah, Arabia Saudí. Fecha de nacimiento: 1.7.1946. Lugar de nacimiento: Jeddah, Arabia Saudí. Nacionalidad: saudí.

c) Khadafi Abubakar Janjalani [alias a) Khadafy Janjalani, b) Khaddafy Abubakar Janjalani, c) Abu multar]. Fecha de nacimiento: 3.3.1975. Lugar de nacimiento: Isabela, Basilan, Filipinas. Nacionalidad: filipina.».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Reglamento 07/05/2026

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