Reglamento (CE) nº 1365/2004 de la Comisión, de 28 de julio de 2004, por el que se fija el coeficiente de asignación de las cantidades de arroz con cáscara ofertadas para intervención, para el tramo nº 3 de la campaña 2003/04.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-81901
Número oficial:
DOUE-L-2004-81901
Publicación:
29/07/2004
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común del mercado del arroz (1),

Visto el Reglamento (CE) no 1785/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común del mercado del arroz (2),

Visto el Reglamento (CE) no 708/98 de la Comisión, de 30 de marzo de 1998, relativo a la aceptación del arroz con cáscara por los organismos de intervención y por el que se fijan los importes correctores, las bonificaciones y los descuentos que deben aplicarse (3) y, en particular, el párrafo segundo del apartado 4 de su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 bis del Reglamento (CE) no 708/98, las cantidades de arroz con cáscara que pueden optar a la intervención en la campaña 2003/04 se reparten en dos tramos nacionales y en un tramo común para el conjunto de la Comunidad (tramo no 3). Para determinar las cantidades que deben asignarse a este tramo no 3, los Estados miembros han notificado a la Comisión, conforme a lo dispuesto en el párrafo primero del apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 708/98, las cantidades de arroz con cáscara ofertadas para intervención.

(2) Dado que la cantidad total ofertada supera la cantidad disponible, procede aplicar un coeficiente de asignación de las cantidades. Ese coeficiente se calcula de tal modo que la cantidad total asignada, habida cuenta de la cantidad mínima de cada una de las ofertas, sea inferior o igual a la cantidad disponible.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El coeficiente de asignación de cantidades previsto en el segundo párrafo del apartado 4 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 708/98 queda fijado en 0,860675.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 2004.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

______________

(1) DO L 329 de 30.12.1995, p. 18; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 411/2002 de la Comisión (DO L 62 de 5.3.2002, p. 27). Derogado por el Reglamento (CE) no 1785/2003 (DO L 270 de 21.10.2003, p. 96) con efecto desde la fecha de entrada en vigor de este Reglamento.

(2) DO L 270 de 21.10.2003, p. 96; Reglamento modificado por el Tratado de adhesión de 2003.

(3) DO L 98 de 31.3.1998, p. 21; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1107/2004 (DO L 211 de 12.6.2004, p. 14).

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/855 de la Comisión, de 14 de abril de 2026, relativo a los requisitos de interoperabilidad y procedimientos no discriminatorios y transparentes para acceder a los datos necesarios para el cambio de suministrador.

Reglamento 16/04/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Acuerdo de Colaboración y Cooperación Reforzadas entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra.

Acuerdo 30/04/2026

Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte.

Acuerdo Internacional 27/02/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 7 días por 7 €