Reglamento (CE) nº 1226/2007 de la Comisión, de 17 de octubre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2007-81907
Número oficial:
DOUE-L-2007-81907
Publicación:
20/10/2007
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del Proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1038/2007 (2), y, en particular, su artículo 19,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 19 del Reglamento (CE) no 2368/2002 establece una lista de autoridades comunitarias que la Comisión deberá mantener en el anexo III.

(2) Bulgaria ha nombrado una autoridad comunitaria que ha comunicado a la Comisión. La Comisión concluyó que había pruebas suficientes de que esta autoridad podría cumplir de manera fiable, puntual, eficaz y adecuada las tareas encomendadas en los capítulos II, III y V del Reglamento (CE) no 2368/2002.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité mencionado en el artículo 22 del Reglamento (CE) no 2368/2002.

(4) Procede modificar el anexo III en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (CE) no 2368/2002 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de octubre de 2007.

Por la Comisión

Benita FERRERO-WALDNER

Miembro de la Comisión

______________

(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28.

(2) DO L 238 de 11.9.2007, p. 23.

ANEXO

«ANEXO III

Lista de autoridades competentes de los Estados miembros y de las tareas encomendadas a las mismas, de conformidad con las disposiciones de los artículos 2 y 19.

BÉLGICA

Federale Overheidsdienst Economie, KMO, Middenstand en Energie, Dienst Vergunningen/Service Public Fédéral Economie,

Italiëlei 124, bus 71

B-2000 Antwerpen

Tel. (32-3) 206 94 70

Fax (32-3) 206 94 90

Correo electrónico: kpcs-belgiumdiamonds@economie.fgov.be

En Bélgica, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el tratamiento aduanero se realizará exclusivamente en:

The Diamond Office

Hovenierstraat 22

B-2018 Antwerpen

BULGARIA

Ministry of Finance

External Finance Directorate

102, G. Rakovski str.

Sofia, 1040

Bulgaria

Tel. (359-2) 98 59 24 01/98 59 24 10/98 59 24 15 Fax (359-2) 98 12 498

Correo electrónico: extfin@minfin.bg

REPÚBLICA CHECA

En la República Checa, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el tratamiento aduanero se realizará exclusivamente en:

Generální øeditelství cel

Budìjovická 7

140 96 Praha 4

Èeská republika

Tel. (420-2) 61 33 38 41, (420-2) 61 33 38 59, cell (420-737) 213 793

Fax (420-2) 61 33 38 70

Correo electrónico: diamond@cs.mfcr.cz

ALEMANIA

En Alemania, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002, incluida la expedición de certificados comunitarios, la realizará exclusivamente la autoridad siguiente:

Hauptzollamt Koblenz

Zollamt Idar-Oberstein

Zertifizierungsstelle für Rohdiamanten

Hauptstraße 197

D-55743 Idar-Oberstein

Tel. (49-6781) 56 27-0

Fax (49-6781) 56 27-19

Correo electrónico: poststelle@zabir.bfinv.de

A efectos del artículo 5, apartado 3, del artículo 6, del artículo 9, del artículo 10, del artículo 14, apartado 3, del artículo 15 y del artículo 17 del presente Reglamento, relativos en particular a las obligaciones de informar a la Comisión, la siguiente será la autoridad alemana competente:

Oberfinanzdirektion Koblenz

Zoll- und Verbrauchsteuerabteilung

Vorort Außenwirtschaftsrecht

Postfach 10 07 64

D-67407 Neustadt/Weinstraße

Tel. (49-6321) 89 43 49

Fax (49-6321) 89 48 50

Correo electrónico: diamond.cert@ofdko-nw.bfinv.de

RUMANÍA

Autoritatea Naționalã pentru Protecția Consumatorilor

Direcția Metale Prețioase și Pietre Prețioase

Strada Georges Clemenceau nr. 5, sectorul 1

București, România

Cod poștal 010295

Tel. (40-21) 3184635, 3129890, 3121275

Fax (40-21) 3184635, 3143462

www.anpc.ro

REINO UNIDO

Government Diamond Office

Global Business Group

Room W 3.111.B

Foreign and Commonwealth Office

King Charles Street

London SW1A 2AH

Tel. (44-207) 008 6903

Fax (44-207) 008 3905

Correo electrónico: GDO@gtnet.gov.uk».

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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