Reglamento (CE) nº 1137/2004 de la Comisión, de 21 de junio de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 43/2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) nº 1452/2001, (CE) nº 1453/2001 y (CE) nº 1454/2001 del Consejo en lo relativo a las ayudas en favor de la producción local de productos vegetales en las regiones ultraperiféricas de la Unión

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2004-81634
Número oficial:
DOUE-L-2004-81634
Publicación:
22/06/2004
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1453/2001 del Consejo, de 28 de junio de 2001, por el que se aprueban medidas específicas en favor de las Azores y Madeira en relación con determinados productos agrícolas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 1600/92 (Poseima) (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 5,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 43/2003 de la Comisión (2) establece en su anexo IV los importes y cantidades máximas correspondientes a las ayudas en favor de la comercialización local de los productos mencionados en el apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CE) no 1453/2001.

(2) La aplicación de esta medida a lo largo de 2003 ha puesto de manifiesto que las cantidades máximas se utilizan de forma muy desigual según los productos. Se ha constatado que las cantidades asignadas a determinados productos permanecen sistemáticamente infrautilizadas, mientras que las solicitudes presentadas por otros productos superan las cantidades máximas, lo cual da lugar a la utilización de un coeficiente de reducción de la ayuda.

Parece, pues, justificado volver a distribuir las cantidades entre los diferentes productos de acuerdo con las tendencias observadas y efectuar ajustes de los importes de la ayuda concedida por algunos productos en función de la experiencia y de los resultados obtenidos, con miras a una mejor utilización de los recursos.

(3) Es necesario modificar el Reglamento (CE) no 43/2003 en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan a los dictámenes de todos los comités de gestión interesados.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo IV del Reglamento (CE) no 43/2003 se sustituirá por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable:

a) en el caso de las cantidades que figuran en la columna III del nuevo anexo IV, a partir del 1 de enero de 2004;

b) en el caso de los importes de la ayuda que figuran en las columnas IV y V del nuevo anexo IV, a los contratos suscritos después de la fecha de su entrada en vigor.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de junio de 2004.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

___________

(1) DO L 198 de 21.7.2001, p. 26; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 55/2004 (DO L 8 de 14.1.2004, p. 1).

(2) DO L 7 de 11.1.2003, p. 25; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1812/2003 (DO L 265 de 16.10.2003, p. 21).

ANEXO

«ANEXO IV

MADEIRA

Productos contemplados en el artículo 5 del Reglamento (CE) no 1453/2001 Cantidades máximas contempladas en el cuarto párrafo del apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CE) no 1453/2001, por período del 1 de enero al 31 de diciembre

FRUTAS Y HORTALIZAS

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 4

FLORES CORTADAS FRESCAS

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 5

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

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Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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