Reglamento (CE) nº 1044/2009 de la Comisión, de 4 de noviembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 274/2009 por el que se fija hasta el final de la campaña de comercialización 2009/2010 el límite cuantitativo de las exportaciones de azúcar e isoglucosa fuera de cuota.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2009-82108
Número oficial:
DOUE-L-2009-82108
Publicación:
05/11/2009
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM) ( 1 ), y, en particular, su artículo 61, párrafo primero, letra d), leído en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) De acuerdo con el artículo 61, párrafo primero, letra d), del Reglamento (CE) n o 1234/2007, el azúcar producido en una campaña de comercialización que exceda de la cuota contemplada en el artículo 56 de dicho Reglamento podrá exportarse únicamente dentro de los límites cuantitativos que fije la Comisión.

(2) El Reglamento (CE) n o 951/2006 de la Comisión, de 30 de junio de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 318/2006 del Consejo en lo que respecta a los intercambios comerciales con terceros países en el sector del azúcar ( 2 ), establece disposiciones de aplicación para las exportaciones al margen de cuotas, en particular en lo que respecta a la expedición de certificados de exportación. Sin embargo, los límites cuantitativos deben fijarse por cada campaña de comercialización a la vista de las oportunidades que puedan ofrecer los mercados de exportación.

(3) El Reglamento (CE) n o 274/2009 de la Comisión ( 3 ) fija el límite cuantitativo para la exportación de azúcar al margen de cuotas en 650 000 toneladas para la campaña de comercialización 2009/2010. No obstante, según las previsiones más recientes dadas a conocer a principios de la cosecha de remolacha azucarera de 2009/2010, es seguro que, debido a unas condiciones meteorológicas excepcionales, se producirá en la Comunidad gran cantidad de azúcar de remolacha al margen de cuotas. La cantidad de azúcar al margen de cuotas que se producirá en 2009/2010 se estima en principio en unos 3 o 4 millones de toneladas, lo que provocará graves problemas de almacenamiento y el traslado de una gran cantidad de azúcar como azúcar de cuota a la campaña de comercialización 2010/2011. Por consiguiente, resulta necesario aumentar el límite cuantitativo para las exportaciones de azúcar al margen de cuotas a 1 350 000 toneladas en lo que respecta a la campaña de comercialización 2009/2010.

(4) Procede modificar en consecuencia el Reglamento (CE) n o 274/2009.

(5) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 1 del Reglamento (CE) n o 274/2009, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1. Para la campaña de comercialización 2009/2010, comprendida entre el 1 de octubre de 2009 y el 30 de septiembre de 2010, el límite cuantitativo contemplado en el artículo 61, párrafo primero, letra d), del Reglamento (CE) n o 1234/2007, será de 1 350 000 toneladas para las exportaciones sin restitución de azúcar blanco al margen de cuotas del código NC 1701 99.»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 4 de noviembre de 2009.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

______________________________

( 1 ) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.

( 2 ) DO L 178 de 1.7.2006, p. 24.

( 3 ) DO L 91 de 3.4.2009, p. 16.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

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