Reglamento (CE) nº 1037/2005 de la Comisión, de 1 de julio de 2005, por el que se establecen medidas de emergencia para la protección y recuperación de la población de anchoa en la subzona CIEM VIII.

Vigente Reglamento Unión Europea
BOE:
DOUE-L-2005-81439
Número oficial:
DOUE-L-2005-81439
Publicación:
02/07/2005
Departamento:
Unión Europea

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) ha dado a conocer nueva información científica según la cual es necesario adoptar medidas urgentes para la protección y recuperación de la población de anchoa en la subzona CIEM VIII. En consecuencia, se debe decretar el cierre de esta pesquería con carácter inmediato por un período de tres meses.

(2) Durante el período de veda, la Comisión evaluará si debe revisar esta medida tras consultar al Comité científico, técnico y económico de la pesca.

(3) Por lo tanto, es conveniente que la Comisión adopte por iniciativa propia medidas de emergencia para proteger la población de anchoa.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Quedará prohibida la pesca de anchoa en la subzona CIEM VIII. Quedará prohibido, asimismo, conservar a bordo, transbordar o desembarcar anchoa capturada en la subzona CIEM VIII después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable durante un período de tres meses.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 2005.

Por la Comisión

Joe BORG

Miembro de la Comisión

________________________________

(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 59.

Leyes relacionadas

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1002 de la Comisión, de 5 de mayo de 2026, por el que se prorroga la excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1967/2006 del Consejo en lo concerniente a la distancia mínima de la costa y la profundidad mínima permitidas en el caso de las redes de tiro desde embarcación para la pesca de chanquete (Aphia minuta) en las aguas territoriales españolas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Reglamento 06/05/2026

Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, apartado 4, del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).

Otros 27/04/2026

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/913 de la Comisión, de 4 de mayo de 2026, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de ácido adípico originario de la República Popular China.

Reglamento 05/05/2026

Recomendación (UE) 2026/1035 de la Comisión, de 29 de abril de 2026, sobre el establecimiento de un marco común para las tecnologías de verificación de la edad a escala de la UE.

Recomendación 08/05/2026

Reglamento (UE) 2026/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1242 en lo que respecta al cálculo de los créditos de emisiones de los vehículos pesados para los períodos de comunicación de los años 2025 a 2029.

Reglamento 07/05/2026

¿Necesitas analizar documentos jurídicos?

Lawly analiza sentencias, contratos y documentos legales con inteligencia artificial en segundos.

Prueba gratis — 3.000 créditos de bienvenida