En la página 27, en el artículo 3, en el apartado 1:
en lugar de: « ... dos representantes por cada Estado miembro, que podrán estar asistidos por dos funcionarios de los servicios afectados »;
léase: « ... dos representantes por cada Estado miembro. Estos representantes podrán estar asistidos por dos miembros del
personal de los servicios afectados ».