Página 10, en el cuarto guión del artículo 1, se suprime la palabra « regulares ».
Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 2671/88 de la Comisión, de 26 de julio de 1988, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del tratado a determinadas categorias de acuerdos entre empresas y prácticas concertadas que tengan por objeto la planificación conjunta y la coordinación de las capacidades, el reparto de los ingresos, las consultas relativas a las tarifas en los servicios aéreos regulares y la asignación de perídos horarios en los aeropuertos.
Vigente
Corrección (errores o erratas)
Unión Europea
- BOE:
- DOUE-L-1989-81814
- Número oficial:
- DOUE-L-1989-81814
- Publicación:
- 10/03/1989
- Departamento:
- Comunidades Europeas