Rectificación al Reglamento (CEE) nº 4054/86 del Consejo por el que se establecen límites máximos y una vigilancia comunitaria para las importaciones de determinados productos originarios de Yugoslavia (1987).

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1987-81917
Número oficial:
DOUE-L-1987-81917
Publicación:
20/02/1987
Departamento:
Comunidades Europeas

Página 46, número del arancel aduanero común 73.02, E, Y:

El texto a continuación del guión debe decir:

« - de los cuales Ferrocromo que contenga en peso 0,10 % o menos de carbono y más del 30 % hasta el 90 % inclusive de cromo (ferrocromo) como máximo »

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