Rectificación al Reglamento (CEE) nº 2706/86 de la Comisión, de 28 de agosto de 1986, por el que se establecen las modalidades de aplicación de las medidas complementarias reservadas a los poseedores de contratos de almacenamiento a largo plazo de los vinos de mesa para la campaña 1985/86.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1986-82159
Número oficial:
DOUE-L-1986-82159
Publicación:
04/10/1986
Departamento:
Comunidades Europeas

En la página 68, artículo 5, 1er párrafo:

en lugar de:

« 1. Sin perjuicio de la aplicación del artículo 14 ter del Reglamento (CEE) nº 337/79, el precio mínimo de compra según el apartado 3 del artículo 13 bis de dicho Reglamento será de: ... »,

léase:

« 1. Sin perjuicio de la aplicación del artículo 14 ter del Reglamento (CEE) nº 337/79, el precio mínimo de compra según el apartado 3 del artículo

12 bis de dicho Reglamento será de: ... ».

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