(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 326 de 30 de diciembre de 1995)
En la página 59, en el Anexo III, en el formulario, en la casilla 9: deben suprimirse las menciones «NON-RESTRAINED TEXTILE CATEGORY/CATEGORIE TEXTILE NON LIMITEE».
(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 326 de 30 de diciembre de 1995)
En la página 59, en el Anexo III, en el formulario, en la casilla 9: deben suprimirse las menciones «NON-RESTRAINED TEXTILE CATEGORY/CATEGORIE TEXTILE NON LIMITEE».
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