Rectificación al Reglamento (CE) nº 1169/97 de la Comisión, de 26 de junio de 1997, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 2202/96 del Consejo por el que se establece un régimen de ayuda a los productores de determinados cítricos.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1997-81408
Número oficial:
DOUE-L-1997-81408
Publicación:
10/07/1997
Departamento:
Comunidades Europeas

En la página 25, en el Anexo, en la letra b) del punto 2:

en lugar de:

"El calibre mínimo de las clementinas y de las satsumas destinadas a ser transformadas en zumo deberá ser de 45 mm.",

léase:

"El calibre mínimo de las clementinas y de las satsumas destinadas a ser transformadas en gajos deberá ser de 45 mm.".

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