Rectificación a la Directiva 85/384/CEE del Consejo, de 10 de junio de 1985, para el Reconocimiento mutuo de diplomas, certificados y otros títulos en el sector de la arquitectura, y que incluye medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de la libre prestación de servicios, en la versión que resulta de la Decisión del Consejo de 1 de enero de 1995, por la que se adaptan los instrumentos relativos a la adhesión de los nuevos Estados miembros a la Unión Europea.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1996-80395
Número oficial:
DOUE-L-1996-80395
Publicación:
21/03/1996
Departamento:
Comunidades Europeas

(Diario Oficial de las Comunidades Europeas nº L 1 de 1 de enero de 1995)

En la página 169 se completará el artículo 11 con el siguiente texto:«m) en Finlandia:

- los diplomas expedidos por los departamentos de arquitectura de las Universidades técnicas y de la Universidad de Oulu (arkkitehti/arkitekt),

- los diplomas expedidos por los institutos de tecnología (rakennusarkkitehti/byggnadsarkitekt);».

En el artículo 11 anteriormente citado, la adaptación «m)» pasará a ser adaptación «n)».

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