Rectificación a la Directiva 66/401/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a la comercialización de semillas de plantas forrajeras.

Vigente Corrección (errores o erratas) Unión Europea
BOE:
DOUE-L-1997-82108
Número oficial:
DOUE-L-1997-82108
Publicación:
01/11/1997
Departamento:
Comunidades Europeas

En la página 2302/66, el artículo 5 se sustituirá por el texto siguiente:

"Artículo 5

Los Estados miembros podrán, para su propia producción, fijar, en lo que se refiere a las condiciones previstas en los anexos I y II, condiciones suplementarias o más rigurosas para la certificación, así como para el examen de las semillas comerciales.".

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