En la página 6, el artículo 4 debe leerse como sigue:
« Artículo 4
Las medidas previstas en la presente Decisión, así como cualquier otra norma de desarrollo necesaria se adoptarán según el procedimiento contemplado en el artículo 4 del Reglamento (CEE) n° 1794/90 del Consejo (1);
_______
; (1) Véase la página 1 del presente Diario Oficial »